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Desde junio, empresas con más de 100 empleados deben contratar personas con discapacidad: así funciona la cuota

Fuente: Portafolio - Empleo
Desde junio, empresas con más de 100 empleados deben contratar personas con discapacidad: así funciona la cuota
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A partir del 25 de junio entra en vigencia la Ley 2466 de 2025 que obliga a empresas con 100 o más trabajadores a contratar personas con discapacidad. La cuota funciona así: dos personas por cada 100 empleados en los primeros 500, y una adicional por cada 100 después de eso. El desafío real no es solo cumplir números, sino crear espacios laborales verdaderamente inclusivos. Solo el 19,6% de las personas con discapacidad tiene empleo en Colombia, versus el 60,6% sin discapacidad.

A partir del próximo 25 de junio, miles de empresas en Colombia tendrán una nueva obligación: contratar personas con discapacidad. Si tu empresa tiene 100 o más trabajadores, necesitas saber cómo funciona esta norma, qué cambios requiere y cómo evitar errores que podrían meterte en problemas legales.

La medida, establecida en la Ley 2466 de 2025, responde a una realidad preocupante: mientras el 60,6% de la población sin discapacidad trabaja en Colombia, apenas el 19,6% de las personas con discapacidad logra acceder a un empleo. La brecha supera los 40 puntos porcentuales, según datos de la Encuesta Nacional de Calidad de Vida 2025 del Dane. Esto significa que existe una población con capacidad para trabajar que ha quedado excluida del mercado laboral formal.

Ahora bien, cómo funciona la cuota es lo primero que debes entender. Para los primeros 500 trabajadores de tu empresa, necesitas contratar dos personas con discapacidad por cada 100 empleados. A partir del empleado número 501, la proporción cambia: una persona con discapacidad por cada 100 colaboradores adicionales. En números concretos: si tu empresa tiene 650 trabajadores, deberás tener 11 personas con discapacidad en nómina.

Pero aquí viene un punto crítico que el Consejo Colombiano de Seguridad advierte: muchas empresas están cometiendo el error de confundir discapacidad con enfermedad laboral o pérdida de capacidad laboral. No son lo mismo para efectos legales. Un empleado con una enfermedad de origen laboral, o incluso alguien con pérdida de capacidad laboral superior al 50%, no puede contabilizarse automáticamente en la cuota. Lo que determina todo es tener el certificado de discapacidad válido. Si tu empresa comete este error de interpretación, podría enfrentar sanciones.

El verdadero reto va más allá de cumplir con números. Según Adriana Solano Luque, presidenta ejecutiva del Consejo Colombiano de Seguridad, "es imprescindible eliminar barreras de tipo actitudinal, social y cultural". Las discapacidades en Colombia son variadas: auditiva, visual, sordoceguera, intelectual, psicosocial, física y múltiple. Esto significa que cada persona requiere apoyos y adaptaciones diferentes. Tu empresa deberá revisar procesos de selección, inducción y seguimiento para garantizar que estos empleados tengan condiciones reales para trabajar.

Otro dato importante: más del 50% de las personas con discapacidad que trabajan lo hacen por cuenta propia. El 57,6% trabaja como independiente, el 29% como empleado particular y apenas el 2,8% en el sector público. Esta concentración en la informalidad refleja que el mercado laboral formal les ha cerrado puertas. La nueva obligación puede cambiar esto, pero solo si las empresas no la ven como un trámite legal, sino como una oportunidad real.

La conclusión del CCS es clara: "la verdadera discusión no es únicamente cuántas personas deberán contratar las empresas para cumplir la ley, sino cómo construir entornos laborales capaces de aprovechar el talento, la experiencia y las capacidades diversas". A partir de finales de junio, ese cambio comienza a ser obligatorio. El cumplimiento de la cuota será el primer paso; lograr que esas nuevas oportunidades laborales sean realmente sostenibles e inclusivas será el verdadero desafío.

Fuente original: Portafolio - Empleo

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