Corte abre licencia de maternidad a madres no gestantes y parejas del mismo sexo

La Corte Constitucional ordenó ampliar las licencias de maternidad a madres que no gestaron pero que lactancia y cuidan a sus hijos, incluidas parejas del mismo sexo. El fallo reconoce que el sistema actual no responde a las nuevas estructuras familiares y exige que empresas y EPS revisen sus políticas. El cambio obliga a evaluar cada caso según el rol real de cuidado, no solo por el vínculo biológico.
La Corte Constitucional acaba de cambiar las reglas del juego en materia de licencias parentales. Mediante la sentencia SU-068 de 2026, el tribunal amparó a una madre que no había gestado a su hijo pero que lo criaba y lactaba junto a su pareja en una familia homoparental. La decisión tiene consecuencias directas para lo que deben hacer las empresas, las EPS y cómo se organiza el trabajo en Colombia.
El caso comenzó cuando una trabajadora solicitó licencia de maternidad después de participar en un proceso de reproducción asistida con su pareja. Aunque ella se encargaba del cuidado y la lactancia, la EPS le otorgó licencia de paternidad argumentando que la de maternidad era solo para quien había gestado. Esto la llevó a demandar ante la justicia constitucional. La Corte fue contundente: "la entidad respondió de manera estandarizada, bajo estereotipos y sin atender la información que Paola aportó sobre su rol como madre lactante y cuidadora".
El tribunal reconoció que la EPS cometió un error al usar un esquema rígido basado en categorías tradicionales. Aunque señaló que en este caso específico ya se había consumado el daño, fue claro en que la actuación vulneró derechos fundamentales como la igualdad y la seguridad social. Lo importante es que la Corte cambió el enfoque: las licencias parentales no deben girar solo alrededor de quién gestó, sino de quién realmente cuida y amamanta.
El fallo cuestiona el sistema vigente que mantiene una división estricta entre maternidad y paternidad. Según la Corte, este esquema "puede reproducir desigualdades históricas y deja por fuera a muchas familias que no se ajustan al esquema tradicional". El tribunal le pidió al Congreso crear un sistema más flexible. Entre las opciones está crear un banco conjunto de semanas de licencia que permita a cada hogar distribuir el tiempo de cuidado según sus necesidades.
Para las empresas esto significa revisar sus políticas. La Corte ordenó que garanticen las condiciones de lactancia incluso en escenarios no convencionales, lo que en este caso incluyó mantener esas garantías hasta los dos años del menor. Las EPS también tendrán que cambiar: deben ofrecer orientación clara sobre alternativas disponibles y evitar respuestas automáticas que no consideren las particularidades de cada familia.
El cambio abre un terreno más amplio en el que convergen derechos fundamentales, organización del trabajo y transformaciones sociales. La decisión reconoce nuevas realidades familiares y marca el inicio de un ajuste progresivo del sistema hacia esquemas más flexibles. En adelante, el cuidado será el eje central para entender quién tiene derecho a qué licencia, no la biología.
Fuente original: Portafolio - Empleo