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Su dinero en Nequi o Daviplata no está a salvo de embargos: así funciona

Fuente: La República - Finanzas

Las billeteras digitales como Nequi, Dale! y Daviplata están reguladas igual que los bancos tradicionales y pueden ser embargadas por orden de un juez o entidad estatal. Existen límites en cuánto se puede retener, excepto en casos de pensiones alimenticias o deudas de cooperativas. Una vez pagada la deuda, el dinero se libera con orden formal de levantamiento.

Muchas personas creen que guardar dinero en una billetera digital en lugar de una cuenta bancaria tradicional las protege de embargos. La realidad es completamente diferente. Estas plataformas funcionan legalmente como depósitos de bajo monto y están bajo la vigilancia de la Superfinanciera, lo que significa que están sujetas a exactamente las mismas leyes y normas que cualquier banco.

Cuando un juez o una entidad estatal ordena un embargo, las plataformas de dinero electrónico como Nequi, Daviplata o Dale! tienen la obligación legal de retener o bloquear el dinero del usuario de forma automática. Dos tipos de autoridades pueden ordenarlo: los jueces de la República (en casos de demandas civiles, penales, laborales o de familia) y entidades del Estado como la Dian, las secretarías de hacienda o las secretarías de tránsito (por impuestos o multas no pagadas).

La ley sí establece límites para proteger a los usuarios. Si el embargo es ordenado por una entidad estatal, puede retener máximo 26,7 millones de pesos de la cuenta más antigua. Si lo ordena un juez, el límite general es de 55 millones hasta octubre de 2026, aunque para las billeteras digitales el tope es de 8 salarios mínimos legales vigentes. Sin embargo, estos límites no aplican en ciertas situaciones especiales.

Los embargos sin límite de monto ocurren cuando hay cuotas de alimentos retrasadas, deudas con cooperativas, o procesos de sucesión o divorcio en curso. En esos casos, la billetera digital puede ser bloqueada por completo. Una vez que la deuda se cancela, la plataforma necesita recibir una orden formal de levantamiento del embargo, emitida por el juez o la entidad correspondiente, para liberar el dinero congelado.

Fuente original: La República - Finanzas

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