Procuraduría marca las seis conductas prohibidas que los funcionarios no pueden hacer en elecciones

La Procuraduría lanzó una estrategia para prevenir que los servidores públicos utilicen su cargo o recursos del Estado para influir en las elecciones presidenciales del 31 de mayo. El procurador Gregorio Eljach estableció seis conductas prohibidas que van desde hacer campañas políticas hasta presionar subalternos, con sanciones que pueden llegar a la destitución e incluso procesos penales. La estrategia busca proteger la pureza del voto sin restringir derechos políticos legítimos de los funcionarios.
La Procuraduría aclaró esta semana cuáles son los límites que deben respetar los servidores públicos cuando se trata de política y elecciones. El procurador Gregorio Eljach presentó la segunda fase de la estrategia Paz Electoral, titulada "No a la indebida participación en política", con la que definió seis conductas prohibidas para los funcionarios del Estado antes de la primera vuelta presidencial del 31 de mayo. Eljach explicó que se trata de "una actividad pedagógica con soporte constitucional, legal y jurisprudencial", dirigida a funcionarios de cualquier nivel territorial, buscando que todos comprendan dónde termina su derecho a la participación política y dónde comienza lo sancionable.
El propósito es evidente: proteger la democracia de posibles abusos. "Queremos prevenir a todos los servidores públicos para que sepan cuál es la línea roja que no pueden transgredir, que no pueden pasar; hasta dónde van sus derechos en materia política y electoral y dónde empiezan las conductas prohibidas", señaló Eljach. El procurador dejó claro que el objetivo es impedir que los funcionarios "utilicen su cargo o los recursos públicos o el poder que ostentan para alterar la voluntad de los electores", y que herramientas como la contratación pública, las obras estatales o la jerarquía no se conviertan en instrumentos para "dañar la pureza del voto, que es lo más sagrado que tiene una democracia como la colombiana".
La directiva establece con precisión qué no pueden hacer los servidores públicos. Les prohíbe hacer, financiar o promover campañas políticas en su calidad de funcionarios; presionar o favorecer a sus subalternos para que apoyen candidatos; usar recursos públicos en reuniones o actividades políticas; difundir propaganda electoral; inclinar o autorizar el uso del aparato estatal a favor o en contra de una causa o partido; ni utilizar información reservada de la entidad con fines políticos. Sin embargo, la Procuraduría también aclaró qué sí está permitido: difundir información general, opinar en debates de interés colectivo ajenos a la contienda electoral, ejercer el derecho al voto (excepto para miembros de la Fuerza Pública), e inscribirse como miembros de partidos políticos conforme a la ley.
Las consecuencias del incumplimiento pueden ser severas. En el plano disciplinario, dependiendo de la gravedad, las sanciones van desde multas hasta la destitución e inhabilidad. En lo penal, el artículo 422 del Código Penal contempla el delito de intervención en política, que también conlleva multa y pérdida del cargo público. Eljach aclaró que estas restricciones aplican de manera diferenciada para congresistas, diputados, concejales y ediles.
Cuando se le preguntó sobre si la invitación que hizo el presidente Gustavo Petro para que su proyecto político continúe cuatro años más constituye una indebida participación en política, el procurador evitó pronunciarse directamente. "La calificación la tiene que hacer la Comisión de Investigación y Acusaciones de la Cámara de Representantes, que es la que tiene competencia integral para mirar las conductas del Presidente. El Procurador está por fuera de esa competencia", respondió. Agregó que las dudas que el mandatario ha expresado sobre el proceso electoral están protegidas por la libertad de expresión, siempre que no impliquen acusaciones de delito ni "afirmaciones sin fundamento", y señaló que la calidad presidencial "no le inhibe el uso que se haga de esa libertad".
Fuente original: El Colombiano - Colombia


