Nueva ley frena el acoso de cobranza a víctimas de suplantación de identidad
Colombia expidió la Ley 2573 que protege a quienes sufren robo de identidad para cometer fraudes. Las empresas están obligadas a congelar deudas apenas las notifiquen del fraude y a reportar a las centrales de riesgo con una etiqueta especial que no afecte el historial crediticio. Si se comprueba el delito, la víctima queda libre de la deuda; si no, tendrá que pagarla con intereses.
Imagínese esto: alguien usa su nombre para sacar un crédito, contratar un celular o abrir una cuenta bancaria sin su consentimiento. Usted se entera demasiado tarde, cuando los cobradores lo acosan y su historial crediticio ya está dañado. Eso pasaba antes del 19 de mayo, cuando entró en vigencia la Ley 2573 de 2026. Ahora hay protecciones concretas para las víctimas de este delito cada vez más frecuente: el año pasado se registraron aproximadamente 62.299 denuncias por delitos informáticos de este tipo, según reportes de la Policía Nacional.
La ley funciona así: cuando usted se da cuenta de que fue suplantado, debe notificar inmediatamente al banco, tienda o empresa de telefonía donde ocurrió el fraude. A partir de ese momento, la empresa tiene una obligación clara: congelar todo cobro relacionado con esa deuda fraudulenta, incluyendo intereses y gastos de cobranza. Mientras tanto, usted cuenta con 20 días hábiles para poner la denuncia ante la Fiscalía, y durante este tiempo debe aportar las pruebas que le pidan y someterse a los exámenes que comprueben su identidad.
Las empresas tienen 10 días para hacer un reporte especial en las centrales de riesgo. En lugar de mostrar una mora o deuda incobrable, marcará su cuenta como "Víctima de Falsedad Personal". Este detalle técnico es crucial para su bolsillo: esa etiqueta protege su puntaje de crédito y asegura que sus análisis financieros no se vean afectados. Además, la empresa debe entregar copias de todos los documentos del producto fraudulento e informar a la Dian para evitarle problemas fiscales.
El desenlace depende de lo que pruebe la justicia. Si se comprueba que fue víctima de fraude, quedará completamente libre de la deuda y de los reportes negativos. Pero si las autoridades determinan que usted sí contrató el producto, entonces tiene que pagar la deuda completa con todos los intereses acumulados, y enfrenta responsabilidades penales por falsa denuncia.
Las empresas también pueden hacer investigaciones internas. Si ellas mismas logran comprobar el fraude, le ahorran al afectado el proceso de denuncia penal.
El Gobierno tiene seis meses para implementar esta ley. En ese tiempo debe crear una ruta de atención integral para las víctimas y lanzar campañas educativas en medios públicos que le enseñen a los colombianos cómo prevenir este tipo de fraudes antes de que ocurran.
Fuente original: La República - Finanzas