Los pactos secretos entre empresas para no contratar empleados: qué riesgos tienen en Colombia

El caso de la Dimayor sacó a la luz una práctica empresarial llamada acuerdos "no poach", donde compañías pactan no reclutar trabajadores entre sí. Expertos advierten que esto limita la movilidad laboral, reduce el poder de negociación salarial de los empleados y puede violar derechos fundamentales. En Colombia, tanto la libre competencia como el derecho laboral consideran nulas estas restricciones después de que termina un contrato, y la Superintendencia de Industria y Comercio puede sancionar a empresas que las apliquen.
Las empresas colombianas acaban de recibir una lección clara: hacer pactos secretos para no contratarse mutuamente los empleados no solo es éticamente cuestionable, sino que puede traer consecuencias legales serias. El caso que evidenció esta práctica fue el de la Dimayor, donde se descubrió que clubes de fútbol habían acordado no fichar jugadores que otros equipos hubieran dejado libres. Una simple estrategia que, en realidad, afecta directamente el bolsillo y las oportunidades de miles de trabajadores.
¿Qué es lo que pasa en realidad cuando las empresas hacen estos pactos? Según María Camila Ortiz, gerente del área Laboral de KPMG Colombia, "Los acuerdos 'no poach' distorsionan el mercado del talento: reducen la movilidad laboral y pueden afectar la libre elección de empleo y la capacidad de negociación de los trabajadores". En otras palabras, cuando un trabajador pierde su empleo, encuentra que muchas puertas se cierran porque sus antiguos competidores ya acordaron de antemano no contratarlo. Es como si le dijeran: aquí nadie te va a dar oportunidad. Lógicamente, esto debilita su poder para negociar mejores salarios o condiciones.
El impacto va más allá de historias individuales. Estos acuerdos crean un mercado laboral menos dinámico y menos productivo. Cuando los mejores talentos no pueden moverse libremente de una empresa a otra, la innovación se estanca y nadie crece profesionalmente como debería. Las empresas tampoco se ven forzadas a mejorar sus condiciones para atraer gente valiosa. Es un círculo vicioso que daña a todos.
En Colombia, la ley protege a los trabajadores de estas prácticas. El enfoque integra tanto el derecho laboral como las normas de libre competencia, y ambas coinciden en lo mismo: después de que termina un contrato, nadie puede prohibirle a un empleado trabajar donde quiera. Estas restricciones tardías se consideran nulas porque van contra principios constitucionales fundamentales. Es decir, aunque una empresa lo intente, legalmente el acuerdo no vale.
Pero aquí viene lo que debe preocupar más a los empresarios: la Superintendencia de Industria y Comercio está pendiente de estas prácticas. Si detecta que una compañía participa en acuerdos "no poach", puede iniciar investigaciones, imponer sanciones y abrir procesos administrativos. Los riesgos reputacionales y económicos para quienes incurran en esto son serios.
Entonces, ¿qué pueden hacer las empresas si realmente necesitan proteger información sensible o clientes importantes? La respuesta está en instrumentos legítimos: acuerdos de confidencialidad que protejan secretos comerciales reales, o cláusulas que prohíban solicitar clientes, pero nunca restricciones amplias que impidan la contratación de trabajadores. La movilidad laboral no es un lujo: es una condición básica para que los mercados funcionen de verdad y los empleados tengan oportunidades reales.
Fuente original: Portafolio - Economía