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El Gobierno crea impuesto temporal a empresas: quién paga y cuánto debe desembolsar

Fuente: El Tiempo - Economía
El Gobierno crea impuesto temporal a empresas: quién paga y cuánto debe desembolsar
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El Gobierno expidió el Decreto 0173 que grava el patrimonio de empresas grandes durante 2026. Solo aplica a compañías con patrimonio superior a 10.474 millones de pesos. La tarifa general es de 0,5%, pero bancos, aseguradoras y minería pagarán 1,6%. Los recursos irán a atender los desastres climáticos que han afectado a varias regiones del país.

El Gobierno acaba de crear un nuevo impuesto que golpeará los bolsillos de las grandes empresas. Se trata del Decreto 0173, expedido el 24 de febrero de 2026, una medida temporal que solo durará este año y que apunta a recaudar dinero de forma rápida para atender la crisis climática que ha dejado daños en Córdoba, Antioquia, La Guajira, Sucre, Bolívar, Cesar, Magdalena y Chocó.

La pregunta del millón es: a quién le afecta esto. El impuesto solo se aplica a personas jurídicas, es decir, a empresas y sociedades que tengan un patrimonio líquido (sus activos menos sus deudas, en lenguaje coloquial) igual o superior a 200.000 UVT al 1 de marzo de 2026. Eso equivale a aproximadamente 10.474 millones de pesos. En otras palabras, la mayoría de las pequeñas y medianas empresas no la pagarán, pero sí las grandes corporaciones.

La tarifa no es uniforme. El Gobierno decidió diferenciar según el sector económico. Para la mayoría de industrias, el gravamen será del 0,5%. Pero el Gobierno golpea más fuerte a los bancos, aseguradoras y empresas del sector extractivo (minería e hidrocarburos), que deberán pagar el 1,6%. La razón detrás de esta decisión es simple: estos sectores concentran más riqueza. De hecho, datos del Gobierno muestran que apenas el 0,2% de las empresas concentra cerca del 54,6% del patrimonio líquido total del país.

Para que una empresa sepa si debe pagar, el Gobierno establece lo que llama el hecho generador: tener patrimonio líquido por encima del umbral el 1 de marzo de 2026. Es como si ese día se tomara una fotografía de la riqueza de cada empresa, y eso determina si paga o no. Ojo: intentar reducir artificialmente el patrimonio a través de operaciones contables para evadir el impuesto será sancionado.

El pago se divide en dos cuotas iguales: el 50% deberá pagarse el 1 de abril y el 50% restante el 4 de mayo de 2026. Las empresas usarán formularios que expedirá la DIAN para hacer los giros. Hay algunas excepciones: quedan exentas las entidades del sector salud, las compañías que están intervenidas por el Estado y las empresas de servicios públicos domiciliarios ubicadas en municipios con calamidad pública declarada.

El Gobierno justifica la medida diciendo que el Presupuesto General de la Nación no tiene recursos suficientes. La partida para contingencias en 2026 es de 668.421 millones de pesos, pero las necesidades provocadas por la emergencia climática ya superan esa cantidad. Como señala el decreto, existe "insuficiencia de recursos en el Presupuesto General de la Nación" y no hay "una fuente legalmente habilitada para obtener ingresos adicionales inmediatos". Según el Ministerio de Hacienda, los ingresos por este impuesto se destinarán únicamente a reparar infraestructura dañada, recuperar servicios públicos y asistir a la población afectada.

Expertos en tributación advierten que las empresas organicen sus estructuras patrimoniales con cuidado. Como explicó un analista especializado, es "importantísimo en gestión patrimonial" revisar cómo el impuesto impacta a "estructuras establecidas a través de sociedades". El consejo principal: si tu empresa está constituida como sociedad, valida ya mismo cómo te afecta este gravamen. Recuerda las fechas clave: el 1 de marzo se determina quién paga, y abril y mayo es cuando efectivamente se desembolsa el dinero.

Fuente original: El Tiempo - Economía

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