Calendario tributario 2026: fechas clave para declarar renta sin multas

La Dian ha definido el calendario fiscal para 2026 con fechas escalonadas entre agosto y octubre para que las personas naturales declaren renta del año anterior. Los vencimientos dependen de los dos últimos dígitos de la cédula, un sistema diseñado para descongestionar los sistemas de la administración tributaria. A lo largo del año hay otras obligaciones tributarias en abril, mayo y otros meses que los colombianos deben cumplir para evitar sanciones económicas.
Si usted es trabajador independiente, profesional o tiene ingresos como persona natural, ya tiene fechas marcadas en el calendario: entre agosto y octubre de 2026 debe hacer su declaración de renta correspondiente al año 2025. Pero aquí viene lo importante: la fecha exacta no es la misma para todos, sino que depende de los dos últimos dígitos de su cédula o NIT.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) organiza el calendario de forma escalonada. Los contribuyentes cuyos documentos terminan en 01 y 02 comienzan el 12 de agosto, mientras que los que terminan en 99 y 00 tienen hasta el 26 de octubre para presentar. Este sistema no es caprichoso: busca evitar que toda Colombia intente declarar el mismo día y colapse los sistemas de la administración tributaria. También le da tiempo a cada persona para reunir documentación sin apuros.
Más allá de la renta, 2026 trae otras obligaciones fiscales distribuidas durante el año. En abril, por ejemplo, hay que pagar la segunda cuota del impuesto de renta para ciertos contribuyentes, declarar activos en el exterior, y presentar el impuesto nacional a la gasolina y el ACPM. A finales de abril y principios de mayo vence la información exógena, según el tipo de contribuyente. Otras obligaciones importantes están programadas para enero, marzo, mayo, junio y septiembre.
La recomendación de las autoridades es clara: revise con tiempo su situación fiscal, reúna documentos desde ahora y no espere al último día. Incumplir trae sanciones económicas e intereses por mora que terminan siendo más caros que la declaración misma. El sistema es complejo porque existen regímenes especiales para empresas y grandes contribuyentes, pero para las personas naturales el calendario está diseñado precisamente para que sea manejable si usted actúa con anticipación.
Fuente original: Portafolio - Economía