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Auxilio funerario de Colpensiones 2026: cuánto dinero recibe y cómo reclamarlo antes de que prescribir

Fuente: El Tiempo - Economía
Auxilio funerario de Colpensiones 2026: cuánto dinero recibe y cómo reclamarlo antes de que prescribir
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Colpensiones devuelve parte de los gastos de entierro a quien compruebe haber pagado el funeral de un pensionado o afiliado. El monto oscila entre 8,7 y 17,5 millones de pesos según el salario del fallecido. Quien quiera cobrar tiene hasta tres años para presentar la solicitud con facturas y documento de defunción, de lo contrario pierde el derecho.

Cuando fallece un pensionado o afiliado a Colpensiones, la familia enfrenta un gasto que puede alcanzar varios millones de pesos en servicios funerarios justo en el momento más difícil. Por eso el administrador público de pensiones pone a disposición el auxilio funerario, un reembolso que no es automático sino que hay que reclamar demostrando que se pagó el funeral. Lo importante es saber exactamente quién puede pedirlo, cuánto dinero se recibe y cuáles son los plazos para no perder ese derecho.

El beneficio no está reservado solo para herederos. Colpensiones autoriza a cualquier persona, empresa funeraria o aseguradora que compruebe haber sufragado los costos del sepelio a solicitarlo. Lo único que importa es presentar las facturas originales con sello de cancelado. Pero hay una condición fundamental: el fallecido debía estar pensionado por vejez o invalidez en el momento de su muerte, ser un afiliado que cotizaba activamente o tener sus aportes al día. Si la persona recibía pensión de sobrevivencia no aplica el auxilio.

En cuanto al dinero, el monto depende del último salario que ganaba el fallecido o la última mesada pensional que recibía. Colpensiones fijó límites legales para evitar excesos: el auxilio no puede ser menor a cinco salarios mínimos mensuales ni mayor a diez veces ese salario. Para 2026, esto significa valores entre 8 millones 754 mil y 17 millones 509 mil pesos aproximadamente. Es decir, dependiendo de lo que ganaba el pensionado, la familia recuperará entre esos dos extremos.

El plazo para reclamar es donde muchos se equivocan. Aunque Colpensiones menciona que el derecho prescribe al año del fallecimiento, existe una sentencia judicial de 2018 que amplía ese tiempo hasta tres años. Después de ese límite de tres años, la persona pierde definitivamente el derecho a cobrar y ningún abogado o recurso legal podrá reactivarlo. Por eso es vital no demorarse en hacer los papeleos.

Para solicitar el auxilio hay que presentarse en un punto de atención de Colpensiones o usar su plataforma electrónica con una carpeta que incluya: cédula del solicitante, registro civil de defunción expedido hace menos de tres meses, factura original del funeral con nombre de quien pagó, certificación de la funeraria que prestó el servicio, y dos formularios específicos que la entidad proporciona. Si existe contrato pre-exequial hay que anexarlo. En caso de que alguien apoderado haga la solicitud, necesita carta de autorización con facultades claras.

Una vez entregue todo, Colpensiones emite una respuesta formal. Si dice que no, el ciudadano tiene derecho a presentar un reclamo pidiendo revisión del caso. La entidad está obligada a reconsiderar si realmente cumple con los requisitos.

Fuente original: El Tiempo - Economía

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