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Reducción de jornada a 42 horas en julio: quiénes quedan fuera de la medida

Fuente: El Tiempo - Finanzas Personales
Reducción de jornada a 42 horas en julio: quiénes quedan fuera de la medida
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A partir del 15 de julio de 2026 entra en vigencia la última fase de la Ley 2101 de 2021, que reduce la jornada laboral máxima a 42 horas semanales sin afectar salarios. Sin embargo, varios sectores y perfiles de trabajadores quedan excluidos de esta medida: directivos, operarios en labores de alto riesgo, menores de edad, bomberos, custodios penitenciarios y técnicos de aeronavegación, entre otros.

Colombia completará este mes la implementación de la reducción gradual de la jornada laboral que comenzó hace tres años. El próximo 15 de julio, la semana de trabajo para la mayoría de los empleados pasará de 44 a 42 horas, cumpliendo así el cronograma establecido en la Ley 2101 de 2021. Se trata de la última fase de un proceso escalonado que permitió a las empresas adaptarse sin tocar los bolsillos de sus trabajadores, pues la medida expresamente protege que "no disminuir el salario ni afectar los derechos adquiridos y garantías de los trabajadores".

El recorrido ha sido gradual. Desde julio de 2023, cuando la jornada bajó de 48 a 47 horas, el país ha ido reduciendo el tiempo de trabajo en pasos anuales. Un año después llegó a 46 horas, y en 2025 se estableció en 44 horas. Ahora, con el cambio a 42 horas, se cierra el ciclo que la ley contemplaba desde su aprobación hace cinco años.

Pero no todos los trabajadores colombianos verán reducida su jornada en julio. El Ministerio del Trabajo recordó que existen excepciones contempladas tanto en el Código Sustantivo del Trabajo como en normativas especiales. Empleados en cargos de dirección y confianza, aquellos en labores discontinuas o de vigilancia, y quienes trabajen por turnos acordados previamente están fuera de esta medida. Los menores de edad autorizados para trabajar también tienen un régimen propio: entre 15 y 17 años la ley fija un máximo de seis horas diarias, mientras que los de 17 años pueden laborar hasta 40 horas semanales.

Las excepciones más amplias aplican para sectores de alto riesgo. El Decreto 2090 de 2003 identifica actividades donde el Gobierno puede ordenar jornadas especiales. Minería subterránea, trabajos con exposición a altas temperaturas o radiaciones ionizantes, y labores con sustancias cancerígenas comprobadas quedan fuera de la reducción. También están excluidos técnicos de control de tránsito aéreo, bomberos e integrantes del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario que laboren en custodia de internos. En estos casos, las regulaciones de salud ocupacional prevalecen sobre la medida general.

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