ÚltimasNoticias Colombia

Negocios y Emprendimiento

Reducción a 42 horas: qué sectores y empleados se quedan fuera de la nueva jornada laboral

Fuente: El Tiempo - Finanzas Personales
Reducción a 42 horas: qué sectores y empleados se quedan fuera de la nueva jornada laboral
Imagen: El Tiempo - Finanzas Personales Ver articulo original

A partir del 15 de julio de 2026, Colombia bajará la jornada máxima de 44 a 42 horas semanales, pero esta medida no aplica para todos. Directivos, empleados de vigilancia privada, menores de edad, servidores públicos y trabajadores en operaciones continuas tienen regímenes especiales que los excluyen o flexibilizan esta limitación según la naturaleza de sus funciones.

Cuando entre en vigor la reducción de jornada en Colombia el próximo 15 de julio, no todos los trabajadores experimentarán el cambio de pasar a 42 horas semanales máximas. La normativa laboral vigente contempla excepciones para sectores completos y grupos específicos de empleados, que seguirán operando bajo reglas diferentes debido a características particulares de sus trabajos o a marcos legales especiales.

Los directivos, gerentes y empleados de confianza que ocupan cargos de alta responsabilidad están fuera del alcance de esta limitación. Como estos trabajadores representan directamente los intereses de la empresa o manejan decisiones financieras críticas, no están sujetos a los límites de jornada ordinaria. El legislador considera que estos cargos requieren una flexibilidad distinta a la del personal operativo.

El sector de vigilancia y seguridad privada tiene un régimen especialmente flexible. Estos profesionales pueden acordar turnos de hasta 12 horas diarias, llegando a acumular hasta 60 horas semanales, siempre bajo pactos específicos que respeten los límites de reducción pero prioricen que el servicio de seguridad no se interrumpa. Igualmente, quienes realizan trabajos insalubres o peligrosos ya tienen jornadas reducidas por ley desde antes, por lo que la nueva limitación no les afecta de forma significativa.

La legislación protege especialmente a los menores de edad autorizados para trabajar. Los jóvenes entre 15 y 17 años pueden laborar máximo 6 horas diarias y 30 semanales, mientras que los mayores de 17 años tienen un tope de 8 horas diarias y 40 semanales. Los servidores públicos, por su parte, se rigen por normativas estatales distintas a las del sector privado, aunque solo aquellos vinculados a empresas del Estado mediante contratos privados podrían ver aplicada la reducción dependiendo de cómo estén contratados.

Las empresas que requieren operación continua durante 24 horas por su naturaleza técnica quedan exentas de esta restricción. En estos casos, se permite organizar turnos sucesivos que respeten los límites establecidos para esta modalidad, garantizando que la producción o el servicio esencial no se detenga durante la transición legal.

Noticias relacionadas