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Recupere sus ahorros de pensión en 2026: qué hacer si le faltan semanas para jubilarse

Fuente: El Tiempo - Finanzas Personales
Recupere sus ahorros de pensión en 2026: qué hacer si le faltan semanas para jubilarse
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En Colombia, no completar las semanas de cotización requeridas no significa perder los aportes a pensión. Tanto en fondos privados como en Colpensiones existen mecanismos legales para recuperar el dinero: devolución de saldos en el régimen privado e indemnización sustitutiva en el público. El trámite es gratuito, no requiere abogado y puede hacerse de forma virtual.

Miles de colombianos llegan a la edad de jubilación sin haber acumulado las semanas de cotización exigidas por la ley. La buena noticia es que ese dinero no desaparece. El sistema de seguridad social prevé alternativas legales para que recuperen sus aportes y los utilicen en otros proyectos o para su sustento económico.

El procedimiento depende del régimen en el que esté afiliado. En los fondos privados, que funcionan bajo el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, la alternativa se llama devolución de saldos. Aplica cuando el trabajador cumple 57 años (mujeres) o 62 años (hombres), pero tiene menos de 1.150 semanas de cotización y el saldo en su cuenta no alcanza para financiar una pensión igual al salario mínimo. En Colpensiones, el régimen público, el mecanismo se denomina indemnización sustitutiva de la pensión de vejez y se activa para quienes llegaron a la edad legal sin las 1.300 semanas que exige la ley.

Para acceder a la devolución de saldos en fondos privados deben cumplirse tres requisitos: haber alcanzado la edad de retiro, tener menos de 1.150 semanas cotizadas y que el total ahorrado, incluidos rendimientos y bonos pensionales, sea insuficiente para una pensión mínima. El trámite no cuesta nada y no necesita intermediario. El interesado presenta una solicitud formal ante su fondo, de manera virtual o presencial. Después de revisar el caso, la entidad comunica si la persona es beneficiaria y procede al pago mediante transferencia bancaria o cheque, según la preferencia del solicitante.

En Colpensiones, la indemnización sustitutiva sigue un proceso similar. Los beneficiarios de ley, como cónyuge, compañero permanente, hijos, padres o hermanos, pueden acceder a este beneficio si el afiliado fallece sin cumplir los requisitos de pensión. Se requieren documentos como el registro civil de defunción y fotocopia de cédula. Si la solicitud es rechazada, hay un plazo de 10 días hábiles para presentar recursos de reposición o apelación.

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