Prima de servicios para empleadas domésticas: cómo calcularla si trabaja por días

Los empleadores en Colombia deben pagar la prima de servicios antes del 30 de junio a trabajadores domésticos, conductores y cuidadores, sin importar si laboran tiempo completo o por días. La prestación equivale a un mes de salario por año trabajado, aplicada proporcionalmente según días efectivos. El incumplimiento genera multas diarias equivalentes a un día de salario por cada jornada de retraso.
Con la llegada del mes de junio comienza el conteo regresivo para que los empleadores en Colombia cumplan con una obligación legal: pagar la prima de servicios al personal doméstico. Esta prestación social, respaldada por la Ley 1788 de 2016 y reforzada en la actual reforma laboral, protege a trabajadores que realizan labores de aseo, cocina, conducción, jardinería y cuidado de personas en hogares o fincas. Lo importante es que aplica tanto para quienes trabajan de tiempo completo como para quienes asisten solo algunos días a la semana.
La ley es clara en sus beneficiarios: empleadas de servicio, conductores, niñeras, mayordomos y jardineros tienen derecho a esta prestación. El pago se divide en dos cuotas al año. La primera vence obligatoriamente el 30 de junio, mientras que la segunda debe hacerse dentro de los primeros 20 días de diciembre. No pagar a tiempo genera consecuencias: multas diarias equivalentes a un día de salario por cada jornada de retraso.
El cálculo puede parecer confuso cuando el trabajador no labora todos los días. Según el Ministerio de Trabajo, la fórmula es simple: se toma el salario base más el auxilio de transporte, se multiplica por los días efectivamente trabajados en el semestre y se divide entre 360. Un trabajador que labora todos los días del semestre (180 días) recibiría aproximadamente 1.000.000 pesos en junio de 2026, considerando el salario mínimo y transporte vigentes. Alguien que asiste solo un día a la semana, es decir unos 24 días por semestre, recibe un valor proporcional a esas jornadas. En ambos casos deben incluirse los recargos y el descanso dominical proporcional.
La reforma laboral que impulsa el Gobierno Nacional busca dignificar este sector mediante tres requisitos: contrato escrito que evite conflictos, pago bancario que deje constancia del cumplimiento, y estar al día con seguridad social (salud, pensión y ARL). El Ministerio de Trabajo aclara que pagar la prima es una obligación independiente de los aportes a seguridad social, pero el cumplimiento permite a empleadores hacer deducciones en su declaración de renta siempre que tengan los soportes de pago.
Fuente original: El Tiempo - Finanzas Personales