Nuevas normas de piscinas en edificios: qué costará cumplirlas y cuáles son los riesgos

El Ministerio de Salud expidió dos resoluciones que endurecen los requisitos técnicos y sanitarios para operar piscinas en conjuntos residenciales. Las copropiedades tendrán que invertir en adecuaciones físicas, contratar operadores especializados y mantener documentación rigurosa. Los costos operativos aumentarán y las autoridades tendrán mayores facultades para inspeccionar y sancionar incumplimientos, incluyendo cierres de piscinas.
Administradores de conjuntos residenciales en todo el país enfrentan un nuevo reto regulatorio. Desde mayo de 2026, la Resolución 929 del Ministerio de Salud y Protección Social estableció estándares técnicos y de seguridad mucho más rigurosos para operar piscinas, que se complementan con la Resolución 234, que regula la calidad del agua. Juntas, estas normas desarrollan la Ley 1209 de 2008 y tendrán impacto directo en edificios, conjuntos y complejos vacacionales con piscinas de cualquier tipo.
Lo que cambió es sustancial. Ahora las copropiedades deberán mantener certificados de cumplimiento actualizados, registros técnicos detallados, evidencias de mantenimiento periódico y protocolos sanitarios vigentes. La Resolución 234 profundizó en aspectos como parámetros microbiológicos, niveles de cloro y pH, frecuencia de mediciones, manejo de productos químicos y un indicador llamado Índice de Riesgo del Agua de Piscinas (IRAPI). Todo esto implica que muchas administraciones necesitarán contratar operadores especializados y realizar análisis de laboratorio de forma continua.
El lado financiero es donde más duele. Las copropiedades antiguas, que es la mayoría en Colombia, probablemente deberán invertir en actualizar equipos, modificar sistemas hidráulicos, mejorar cuartos técnicos, instalar dispositivos de seguridad y capacitar personal. Estas adecuaciones se reflejarán eventualmente en aumentos de las cuotas de administración, un tema sensible en cualquier asamblea de propietarios. Los administradores y consejos de administración ya advierten que los presupuestos de funcionamiento se verán presionados.
Las autoridades sanitarias y municipales ganaron músculo para vigilar. Podrán hacer inspecciones programadas, aleatorias, por denuncias o después de accidentes. Si encuentran incumplimientos, pueden imponer requerimientos, ordenar planes de mejora, abrir investigaciones, suspender temporalmente el servicio o directamente cerrar la piscina. Además, los expertos alertan que la responsabilidad civil de las copropiedades podría aumentar en caso de accidentes que demuestren negligencia con estas nuevas normas.
Para quien administra una propiedad horizontal con piscina, el recomendado ahora es actuar rápido. Especialistas sugieren comenzar con auditorías técnicas, revisar si cumplen la Ley 1209 de 2008, actualizar protocolos operativos, revisar pólizas de responsabilidad civil, verificar certificados y dispositivos, presupuestar las adecuaciones necesarias, y revisar los contratos con operadores y empresas de mantenimiento. Las nuevas normas no son opcionales: marcan un cambio importante en cómo operan las piscinas en Colombia, con seguridad como el argumento central, especialmente para proteger a los niños.
Fuente original: El Tiempo - Finanzas Personales
