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Nequi estrena función para recuperar dinero enviado por error a números equivocados

Fuente: El Tiempo - Finanzas Personales
Nequi estrena función para recuperar dinero enviado por error a números equivocados
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Nequi lanzó una herramienta que permite solicitar la devolución de transferencias realizadas a destinatarios incorrectos sin necesidad de contactar personalmente al receptor. La función se activa desde el mismo comprobante de transacción y envía una notificación al receptor pidiendo que devuelva el dinero. Aunque la plataforma no puede retirar fondos automáticamente por normativa bancaria, existe protección legal: quien se niegue a devolver dinero recibido por error incurre en delito tipificado en el Código Penal.

Equivocarse de número al enviar dinero es una situación que ocurre con frecuencia en plataformas como Nequi. Un dígito mal marcado o un contacto guardado con nombre similar pueden resultar en que el dinero llegue a la persona equivocada, dejando al remitente en una posición incómoda: tener que contactar directamente al receptor y suplicarle que devuelva la plata.

Para resolver este problema común sin necesidad de negociaciones vergonzosas, Nequi incluyó una nueva función dentro de su aplicación móvil. Una vez que se confirma la transacción y se genera el comprobante, el usuario verá la opción "¿Algún problema con este movimiento?". Al seleccionarla, aparecerá la alternativa "Me equivoqué al hacer la transacción", que envía directamente una notificación al receptor solicitando que devuelva los fondos.

Es importante aclarar que esta herramienta no retira el dinero de manera automática de la cuenta del receptor. La plataforma no puede hacerlo debido a regulaciones de seguridad bancaria que exigen consentimiento expreso del titular para extraer fondos de su cuenta. Por eso la función funciona como un mecanismo de solicitud formal, no como una reversión automática.

Para quienes enfrenten una negativa de devolución del dinero, la ley ofrece protección. El artículo 252 del Código Penal colombiano tipifica como delito el "aprovechamiento de error ajeno o caso fortuito". La norma establece que "el que se apropie de bien que pertenezca a otro y en cuya posesión hubiere entrado por error ajeno o caso fortuito, incurrirá en prisión de dieciséis (16) a cincuenta y cuatro (54) meses". Si el monto no supera diez salarios mínimos mensuales vigentes, la pena se reduce a entre 16 y 36 meses.

Este es un delito querellable, lo que significa que el afectado tiene hasta seis meses para presentar la denuncia ante la Fiscalía General de la Nación. Aunque pocos llegan a este punto, la existencia de esta protección legal ofrece un respaldo importante para los usuarios que enfrentan receptores reticentes.

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