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Mineros y bomberos pueden jubilarse a los 50: así funciona la pensión anticipada en Colombia

Fuente: El Tiempo - Finanzas Personales
Mineros y bomberos pueden jubilarse a los 50: así funciona la pensión anticipada en Colombia
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Colombia permite que trabajadores de alto riesgo se pensionen antes de la edad convencional, llegando incluso a los 50 años si acumulan suficientes semanas cotizadas. La ley reconoce labores en minería, servicios de emergencia, exposición a sustancias peligrosas y otras actividades de riesgo extremo. El beneficio no reduce el monto de la pensión y se tramita directamente ante Colpensiones.

En el país existe un sistema pensional paralelo para quienes trabajan en condiciones que deterioran la salud de forma acelerada. La Ley 100 de 1993 y el Decreto 2090 de 2003 reconocen que ciertos oficios generan un desgaste físico y mental tan severo que justifica permitir el retiro antes de cumplir los 57 años en mujeres y 62 en hombres, que son las edades convencionales.

El mecanismo funciona así: un trabajador de alto riesgo puede pensionarse a partir de los 55 años si ha cotizado 1.300 semanas al Sistema General de Pensiones, de las cuales al menos 700 deben haber sido en actividades calificadas como riesgosas. Pero hay un incentivo adicional. Por cada 60 semanas cotizadas por encima del mínimo, el trabajador puede descontar un año de la edad requerida, con un piso mínimo de 50 años. Esto significa que alguien con suficientes semanas podría jubilarse antes de cumplir los cincuenta y cinco.

Las actividades reconocidas incluyen minería subterránea, trabajos en altas temperaturas o exposición a radiaciones ionizantes, manipulación de sustancias cancerígenas, bomberos, personal de vigilancia en cárceles y controladores de tránsito aéreo con licencia. El listado está definido por la normativa y es bastante específico para evitar abuso del sistema.

Lo interesante es que el monto de la pensión no se reduce por acceder al beneficio de manera anticipada. Esto la diferencia de otras modalidades donde jubilarse antes implica una penalización económica. El trabajador que cumpla con las condiciones recibe el cien por ciento de lo que le corresponde. Además, si un empleador no realizó los aportes pero se comprueba que la persona efectivamente desempeñó labores de riesgo, esto no será obstáculo para acceder al derecho.

El trámite se hace a través de Colpensiones, de forma presencial o virtual. Se requiere presentar certificados laborales que acrediten la naturaleza de las funciones realizadas y el historial de aportes actualizado. Es un proceso relativamente directo, aunque el tiempo de respuesta dependerá de la carga administrativa de la entidad.

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