Mascotas en conjuntos: qué obligaciones tiene por ley y qué multas enfrenta si no las cumple

En Colombia, los dueños de mascotas pueden tener perros y gatos en conjuntos residenciales, pero la ley les impone deberes claros: usar correa en espacios comunes, recoger excrementos y responder por daños. Incumplir estas normas acarrea multas de hasta 10 salarios mínimos diarios. La Corte Constitucional reconoció en 1997 que tener mascotas hace parte del derecho a la intimidad familiar, pero esto viene acompañado de responsabilidades ineludibles.
Las mascotas ya son parte del día a día en las ciudades colombianas, y es común verlas acompañando a sus dueños en parques, restaurantes y conjuntos residenciales. Aunque esto es totalmente legal, quienes tienen perros o gatos en estas últimas viviendas deben entender que su tenencia no es libertad sin límites: conlleva obligaciones concretas y sanciones si no se cumplen.
La ley es clara al respecto. Según sentencia de la Corte Constitucional de 1997, tener mascotas forma parte del derecho al libre desarrollo de la personalidad y a la intimidad familiar. Por eso ningún conjunto residencial puede prohibir que sus copropietarios tengan animales. Sin embargo, como explica Pedro Solarte, abogado experto en Derecho Urbano en una entrevista publicada por el portal Ciencuadras, "Los copropietarios pueden tener mascotas en sus unidades residenciales y hacer uso de los lugares comunes con ellas, siempre y cuando cumplan con las normas legales establecidas en el Código Nacional de Policía y en el reglamento interno de la propiedad horizontal".
Las obligaciones básicas están definidas en la Ley 746 de 2002. Quienes tengan mascotas deben usar correa al transitar por zonas comunes o espacios públicos, independientemente del tamaño o raza del animal. También están obligados a recoger los excrementos y desecharlos correctamente, a responder por cualquier daño que cause la mascota a terceros o a bienes, y a garantizar el bienestar del animal con atención, cuidado y afecto.
El Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana establece multas para quienes incumplen. No recoger el excremento o no usar correa en espacios públicos genera sanciones de 5 salarios mínimos diarios legales vigentes. La sanción más severa, de 10 salarios mínimos diarios, aplica cuando el dueño de un perro considerado potencialmente peligroso no lo mantiene con bozal.
Solarte enfatiza que "El reglamento puede señalar los cuidados y deberes que los dueños de las mascotas deben cumplir frente a los copropietarios, para evitar que se altere la convivencia y el orden". Esta claridad normativa existe justamente para evitar conflictos entre vecinos y garantizar que el derecho de unos a tener mascotas no afecte la tranquilidad de los demás residentes.
Fuente original: El Tiempo - Finanzas Personales

