La Corte Suprema tumba aranceles de Trump: qué significa para el bolsillo de exportadores colombianos

La Corte Suprema de Estados Unidos anuló los aranceles del 10 por ciento que Trump había impuesto a productos colombianos como flores y textiles, al determinar que solo el Congreso puede decidir sobre esta materia. Aunque el fallo es inmediato, los aranceles seguirán cobrándose mientras se procesan cambios administrativos y existe un plazo de 25 días para solicitar reconsideración. Las empresas colombianas podrán reclamar devoluciones, pero el proceso será complejo y dependerá de cómo cada importación haya sido registrada en aduanas estadounidenses.
En un giro inesperado para la política comercial de Donald Trump, la Corte Suprema de Estados Unidos determinó que el presidente no tenía autoridad legal para imponer aranceles por su cuenta. El tribunal estableció que esto es responsabilidad exclusiva del Congreso estadounidense. Para Colombia, la noticia es favorable: Trump había fijado un arancel del 10 por ciento a decenas de productos nacionales que entran al mercado estadounidense.
El fallo se basa en que la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA), que Trump había usado como justificación, no autoriza este tipo de medidas. Según Nicolás Potdevin, socio de la firma Pérez-Llorca / Gómez-Pinzón, "la política arancelaria no puede convertirse en una herramienta discrecional del Ejecutivo sin límites definidos por el Congreso, lo que sienta un precedente relevante en materia de separación de poderes y comercio internacional". Aunque la decisión es legalmente inmediata, eso no significa que los aranceles desaparezcan de la noche a la mañana de tus facturas de exportación.
Los principales afectados fueron sectores estratégicos de Colombia. Las flores, textiles y confecciones pagaban ese 10 por ciento adicional, mientras que petróleo, oro y café habían quedado exentos desde el principio. Ahora bien, aunque la Corte falló a favor, existe un procedimiento legal: el Gobierno estadounidense tiene hasta 25 días para solicitar una reconsideración, lo que podría congelar temporalmente la implementación de este triunfo.
Para que los aranceles dejen realmente de cobrarse, la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP) debe emitir instrucciones formales. María Claudia Lacouture, presidenta de AmCham Colombia, fue clara: "la implementación operativa dependerá de las instrucciones formales de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP), y de ajustes administrativos". Mientras tanto, recomienda que las empresas no asuman cambios automáticos hasta que Washington no publique directrices oficiales.
La pregunta del millón es si las empresas colombianas recuperarán lo que ya pagaron. La respuesta es complicada. Javier Díaz, presidente de Analdex, señaló que la devolución "aún es incierta y muy seguramente vendrán demandas para recuperar los aranceles pagados". El abogado estadounidense María Paula Sánchez anticipó "un proceso de devolución de millones de dólares recaudados por el Tesoro durante el último año", pero aclaró que esto generaría "un reto logístico para la CBP". Los reembolsos dependerán del estado de cada importación (si fue pagada o sigue en proceso), los plazos administrativos y decisiones de la Corte de Comercio Internacional.
¿Quedó Trump sin opciones? No completamente. El Gobierno estadounidense puede recurrir al Congreso pidiendo nuevas facultades legales o presentar un proyecto de ley formal. Además, existen otras leyes que Trump aún puede usar: la Sección 232 (alegando seguridad nacional) y la Sección 301 (por comercio desleal). El problema es que estas exigen investigaciones previas y justificaciones técnicas que IEEPA no requería. Lo que sí está claro es que otros aranceles vigentes, como los del acero y aluminio sustentados en otras leyes, siguen en pie por ahora. Para las empresas colombianas, lo más prudente es revisar cada operación con asesores legales y estar atentas a los próximos movimientos de Washington.
Fuente original: El Tiempo - Economía