ÚltimasNoticias Colombia

Negocios y Emprendimiento

Hasta el 30 de junio vence plazo para recibir prima de servicios en Colombia

Fuente: El Tiempo - Finanzas Personales
Hasta el 30 de junio vence plazo para recibir prima de servicios en Colombia
Imagen: El Tiempo - Finanzas Personales Ver articulo original

Los empleadores tienen hasta el 30 de junio para pagar la primera cuota de la prima de servicios correspondiente al primer semestre de 2026. Trabajadores que laboraron el semestre completo recibirán 15 días de salario, mientras que quienes ingresaron después tendrán pago proporcional. Si no reciben el dinero a tiempo, pueden reclamar ante el Ministerio del Trabajo o acudir a la jurisdicción laboral para exigir el cumplimiento de esta obligación legal.

Falta poco para que miles de trabajadores en Colombia reciban una de las prestaciones sociales más esperadas del año. Según el Código Sustantivo del Trabajo, los empleadores tienen hasta el próximo 30 de junio para consignar la prima de servicios correspondiente al primer semestre de 2026. Se trata de una obligación legal que no es negociable, no depende de la voluntad de la empresa ni de su desempeño financiero.

La prima de servicios corresponde a 30 días de salario por cada año trabajado, pero se paga en dos cuotas. La primera, que vence a fin de mes, cubre proporcionalmente el tiempo laborado en el primer semestre. Quienes completaron los seis meses recibirán el equivalente a 15 días de salario. En cambio, los que se vincularon después tendrán derecho a un pago ajustado a los meses efectivamente trabajados.

El cálculo no es complejo pero requiere precisión. La fórmula establecida por la ley es: salario mensual multiplicado por los días trabajados en el semestre y dividido entre 360. Si el trabajador recibe auxilio de transporte, ese valor también debe incluirse en la base de liquidación. La prestación aplica para empleados con contrato laboral formal, incluyendo trabajadores domésticos y conductores familiares, pero no para quienes tienen contratos de prestación de servicios, trabajadores independientes o personal con salario integral, donde las prestaciones ya están incluidas en la remuneración acordada.

¿Qué pasa si la empresa no paga a tiempo? El trabajador puede presentar una solicitud formal al empleador para exigir el reconocimiento. Si no hay respuesta, puede acudir al Ministerio del Trabajo, entidad encargada de vigilar el cumplimiento de las normas laborales. También existe la posibilidad de acudir a los juzgados laborales para reclamar el pago. Además, el artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo contempla indemnización moratoria cuando el empleador incumple sin justificación válida, cuya cuantía será determinada por un juez según las circunstancias del caso.

Las autoridades laborales recomiendan a los empleadores cumplir con los plazos y a los trabajadores verificar que el pago sea correcto antes de que cierre junio. La segunda cuota deberá pagarse entre el 1 y el 20 de diciembre de 2026.

Noticias relacionadas