Gobierno aclara: tener casa propia no te saca del Sisbén ni de subsidios sociales

En medio del paro por la actualización catastral, el Gobierno aclaró que la propiedad de vivienda o terreno no es motivo para perder beneficios sociales. El Catastro y el Sisbén son sistemas distintos: uno inventaría técnico de predios, el otro mide ingresos reales para focalizar apoyos. La clasificación social depende de cuánto dinero recibe un hogar, no del valor comercial de sus propiedades.
La confusión está servida. Mientras el país se debate sobre la actualización del Catastro Multipropósito, miles de ciudadanos temen que registrar una casa o un lote a su nombre automáticamente los deje sin acceso a subsidios y programas estatales. El Departamento Nacional de Planeación intervino hace poco para despejar este fantasma que ha alimentado las protestas en varias regiones.
La aclaración es contundente: "Ser dueño de un inmueble NO es causal de exclusión del Sisbén ni del RUI", aseguró el DNP. La entidad explicó que dos sistemas completamente distintos se están confundiendo en la opinión pública. El Catastro funciona como un inventario técnico de predios, registrando ubicación, uso y avalúo. El Sisbén IV, en cambio, clasifica hogares según condiciones socioeconómicas, especialmente ingresos, para dirigir recursos estatales hacia quienes más los necesitan.
El punto central es este: el valor comercial de una propiedad no es dinero en el bolsillo. Un terreno puede cotizarse en millones de pesos sin generar entrada alguna de efectivo para su dueño. "El avalúo de su predio NO modifica su puntaje en el Sisbén ni en el RUI", reiteró el DNP. El Gobierno reconoce que millones de campesinos, pequeños propietarios y familias en situación de pobreza son dueños de vivienda o parcela, y ese hecho no les impide mantener sus clasificaciones en los programas sociales.
Ahora bien, existen casos donde sí se puede perder la clasificación en el Sisbén. Si un hogar actualiza su información y reporta ingresos reales superiores, el sistema puede reclasificarlo hacia categorías que no califiquen para ciertos apoyos. Si hay evidencia de mejoría en condiciones de vida a través de nuevas encuestas, también puede ocurrir el ascenso. El DNP también advierte que suministrar información falsa o inconsistente es causal directa de exclusión.
La precisión es importante en este frente: los ingresos no laborales sí cuentan. Si una propiedad genera dinero por arriendos y esos ingresos figuran en los registros de la DIAN (impuestos), se contabilizan como ingresos no laborales para efectos del Sisbén. Lo que no afecta la clasificación es simplemente poseer un bien inmobiliario sin que genere flujo de dinero efectivo.
Fuente original: El Tiempo - Finanzas Personales