Frontera: así cambian los montos y productos que puedes traer sin pagar impuestos en 2026

La Dian actualizó en diciembre de 2025 las reglas para quienes compran en zonas fronterizas. El límite permitido ahora es de 100 Unidades de Valor Tributario, equivalente a aproximadamente 5.237.400 pesos. Solo aplica para residentes de municipios fronterizos que compren productos de consumo básico, máximo 10 unidades por producto y una vez a la semana por familia. Las compras deben ser documentadas y destinadas exclusivamente al consumo personal o familiar, no a actividad comercial.
Quien vive en municipios fronterizos de Colombia tiene oportunidad de traer mercancías desde países vecinos sin pagar impuestos adicionales, pero con límites claros que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) actualizó hace poco. La Resolución 235 de 2025, expedida en diciembre, cambió los montos y las cantidades permitidas para 2026, ajustándose a los nuevos valores tributarios del país.
El principal cambio está en el tope de dinero que se puede gastar. La Dian fijó un cupo de 100 Unidades de Valor Tributario (UVT). Para este año, cada UVT cuesta 52.374 pesos, lo que suma aproximadamente 5.237.400 pesos en mercancías. Eso sí, hay restricciones importantes: máximo 10 unidades de cada producto por viaje, una compra permitida por semana por núcleo familiar, y todo debe estar documentado con factura original a nombre de quién compra. El documento de identidad es obligatorio en la frontera.
El aspecto crucial es que estas compras no pueden ser comerciales. Los bienes deben ir directo al consumo personal o familiar de quien cruza. Además, solo es válido en los pasos fronterizos habilitados, principalmente en las fronteras con Venezuela y Ecuador, aunque hay excepciones en territorios con régimen aduanero especial como Leticia, Maicao, Uribia, Manaure, Tumaco, Guapi y la región de Urabá.
Los productos permitidos abarcan lo básico: alimentos (cereales, frutas, verduras, carnes, lácteos), electrodomésticos, artículos de aseo, medicamentos, libros, materiales escolares, baterías, llantas, ropa, calzado e implementos deportivos. Todo responde a consumo esencial en zonas de frontera, donde el intercambio diario de bienes es parte de la economía local de sus habitantes.
Hay otro margen adicional para equipaje de viajero: hasta 2.000 dólares sin pagar tributos, más 3.000 dólares adicionales si son artículos de uso doméstico, deportivo, artístico o profesional. En algunos casos específicos como celulares, el límite baja a 3 unidades máximo.
Si alguien excede estos montos o cantidades, debe diligenciar el formulario 530 y pagar un tributo único del 15 por ciento sobre lo que pasó del límite. La medida mantiene el balance entre permitir el intercambio económico natural de las fronteras y evitar que se convierta en contrabando o actividad comercial disfrazada.
Fuente original: El Tiempo - Finanzas Personales