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Decreto cambia cómo pagan seguridad social los independientes: qué necesitas saber

Fuente: El Tiempo - Finanzas Personales
Decreto cambia cómo pagan seguridad social los independientes: qué necesitas saber
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El Gobierno Nacional expidió el Decreto 0379 de 2026 que modifica la forma en que los trabajadores independientes calculan sus aportes a seguridad social. El cambio central está en cómo descontar costos: ahora pueden elegir entre demostrar gastos reales con soportes documentales o usar un sistema de costos presuntos. La carga probatoria recae sobre el trabajador, y quien no tenga documentación organizada podría terminar pagando más.

A partir de abril pasado, los trabajadores independientes en Colombia enfrentan una nueva forma de calcular sus aportes al sistema de seguridad social. El Decreto 0379 de 2026, expedido por el Gobierno Nacional el 7 de abril, introdujo ajustes significativos en cómo se determina el ingreso base de cotización (IBC), que es el valor sobre el cual se calcula lo que cada persona debe aportar a salud, pensión y riesgos laborales.

El cambio más importante afecta directamente el bolsillo de los independientes. Hasta ahora podían aplicar porcentajes generales para descontar costos sin mayor control. Ahora el proceso se divide en tres pasos obligatorios: primero identificar el ingreso bruto mensual, luego descontar costos de la actividad económica, y finalmente calcular el aporte sobre lo que quede.

La novedad central es que tienen dos caminos para descontar costos. Pueden usar "costos reales" si cuentan con soportes documentales válidos que demuestren que los gastos eran necesarios y proporcionales según las normas tributarias. O pueden optar por "costos presuntos", un sistema que definirá la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP), que simplifica el proceso cuando no hay documentación detallada.

El Decreto es claro: "podrá exigir al aportante los soportes de los costos (…) en caso de no contar con ellos, (…) tomará el coeficiente de costos determinado". Esto significa que la UGPP tiene ahora facultad para verificar que los costos reportados sean reales. Una vez descontados los costos, el trabajador calcula el IBC como el 40 por ciento de ese valor neto, cifra sobre la cual se aplican los porcentajes de afiliación. Siempre respetando un mínimo de un salario mínimo mensual y un máximo de 25 salarios mínimos.

Para los trabajadores independientes, esto implica mayor disciplina en su gestión administrativa. Quien no conserve facturas, contratos y comprobantes que respalden sus gastos podría terminar con una base de cotización más alta. La ausencia de soportes documentales no elimina la obligación de cotizar, pero sí puede aumentar significativamente el monto a pagar. En otras palabras, la desorganización contable ahora tiene un precio más visible en el sistema de seguridad social.

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