Corte Suprema de EE.UU. anula aranceles de Trump: qué significa para las empresas colombianas

La Corte Suprema estadounidense determinó que Donald Trump no puede imponer aranceles por su cuenta; esa facultad es exclusiva del Congreso. Colombia se beneficia porque estaba gravada con un 10 por ciento en productos como flores y textiles. Sin embargo, los aranceles no desaparecerán automáticamente de la noche a la mañana, y aún hay incertidumbre sobre si las empresas recuperarán lo que ya pagaron.
En una decisión que cambia el tablero de juego del comercio internacional, la Corte Suprema de Estados Unidos le cerró la puerta a Donald Trump: no puede imponer aranceles por su cuenta. Esa facultad le corresponde al Congreso. El razonamiento de los magistrados es simple pero poderoso: la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional, que Trump había usado como justificación, no le da esa autoridad. Según Nicolás Potdevin, especialista en comercio internacional, "El fallo reafirma que la política arancelaria no puede convertirse en una herramienta discrecional del Ejecutivo sin límites definidos por el Congreso, lo que sienta un precedente relevante en materia de separación de poderes y comercio internacional".
Para Colombia, la noticia suena como música: Trump había impuesto un gravamen del 10 por ciento a productos nacionales que entran a Estados Unidos. Entre los afectados estaban flores, textiles y confecciones. Mercancías como petróleo, oro y café se habían salvado de ese arancel. Con el fallo, estos gravámenes pierden sustento legal. Pero aquí viene lo importante: aunque el golpe legal es inmediato, la realidad operativa es más lenta.
No espere que mañana los aduanales estadounidenses dejen de cobrar. María Claudia Lacouture, presidenta de AmCham Colombia, aclaró que existe un plazo de hasta 25 días para que la administración Trump solicite una reconsideración del fallo. Mientras tanto, la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos debe girar instrucciones formales para suspender los cobros. La implementación, en la práctica, depende de trámites administrativos que pueden tomar su tiempo.
Ahora viene la pregunta que mantiene despiertos a los empresarios: ¿me devuelven lo que ya pagué? La respuesta es: todavía no se sabe con certeza. Javier Díaz, presidente de Analdex, fue claro: la devolución de esos recursos "aún es incierta y muy seguramente vendrán demandas para recuperar los aranceles pagados". La abogada María Paula Sánchez anticipa "un proceso de devolución de millones de dólares recaudados por el Tesoro durante el último año" y advierte que "Las empresas empezarán a reclamar reembolsos, lo que supone un reto logístico para la CBP".
Las recomendaciones para los empresarios colombianos son cautelosas. AmCham Colombia pide no celebrar anticipadamente: no hagan cambios en sus obligaciones arancelarias hasta que Washington publique guías formales. Lo prudente es revisar cada operación con asesores legales y agentes aduaneros, e ir pendiente de lo que comunique la aduana estadounidense.
Ahora bien, ¿está Trump completamente atado de manos? No. El presidente americano sigue teniendo otras herramientas legales. Puede ir al Congreso a pedir facultades para mantener estos aranceles, o puede intentar justificar gravámenes usando otras leyes como la Sección 232 (seguridad nacional) o la Sección 301 (comercio desleal). El problema es que estas alternativas requieren investigaciones técnicas y justificaciones que la ley anterior no exigía, así que cambiar de estrategia le tomará tiempo.
Importante aclarar: el fallo solo tumba los aranceles sustentados en esa ley de emergencia. Otros gravámenes que afectan a Colombia bajo diferentes marcos legales siguen en pie, como los aranceles al acero y aluminio. Este triunfo legal, entonces, es parcial pero significativo para una economía que necesita estabilidad regulatoria en su relación con el principal socio comercial del país.
Fuente original: El Tiempo - Economía