Cancillería abre tramitación gratuita de pasaportes para personas con discapacidad en Bogotá

La Cancillería habilitó el trámite de pasaporte sin costo para personas con discapacidad en Bogotá, sin necesidad de cita previa en las sedes Norte y Centro. El beneficio también cubre a un acompañante que demuestre parentesco en primer grado. Para acceder se requiere cédula de ciudadanía, certificado Sisbén en niveles A, B o C y certificado de discapacidad vigente del Ministerio de Salud.
La Cancillería eliminó el costo del pasaporte para personas con discapacidad en Bogotá, abriendo una vía que antes constituía una barrera económica para este grupo poblacional. Se trata de una medida que busca facilitar la movilidad internacional de ciudadanos que enfrentan mayores limitaciones de acceso a servicios.
El proceso se puede adelantar sin cita previa en las oficinas habilitadas en las sedes Norte y Centro de la capital. La atención funciona de lunes a viernes entre las 7:00 a.m. y las 5:00 p.m., lo que permite a los interesados llegar directamente sin tramitación previa. Para que el documento sea expedido sin costo, los solicitantes deben presentar la cédula de ciudadanía, el certificado del Sisbén (que mide nivel socioeconómico) en categorías A, B o C, y el certificado de discapacidad expedido por el Ministerio de Salud y vigente en el sistema.
Además de quien requiere el pasaporte, un familiar cercano puede acceder al mismo beneficio. La Cancillería precisa que el acompañante debe demostrar parentesco en primer grado mediante copia del registro civil, documento de matrimonio o prueba de unión marital de hecho según corresponda, y debe ser mayor de edad.
La exención de pago no es exclusiva de este grupo. La Cancillería contempla otros supuestos: adultos mayores de 62 años, menores de 25 años admitidos para estudiar en el exterior, personas que requieren tratamiento médico especializado fuera del país, ciudadanos con contratos laborales internacionales, menores en situación de adoptabilidad bajo protección del ICBF, integrantes de delegaciones deportivas o científicas, y ciudadanos que deben viajar por enfermedad grave de un familiar. En cada caso se exigen soportes específicos, como certificados médicos con vigencia no mayor a un mes para atención especializada.
Fuente original: El Tiempo - Finanzas Personales