Así se paga el 1 de mayo en 2026: recargo del 80% y cómo impacta tu nómina

La Ley 2466 de 2025 cambió cómo se remunera el trabajo en festivos. Quienes laboren el 1 de mayo en Colombia recibirán un recargo del 80 por ciento sobre su salario ordinario, lo que suma un total del 180 por ciento por hora trabajada. Un empleado con salario mínimo de 2026 podría percibir alrededor de 114.608 pesos por una jornada de ocho horas ese día. El Ministerio del Trabajo vigilará el cumplimiento, con multas de hasta 5.000 salarios mínimos para empresas incumplidoras.
El 1 de mayo sigue siendo día de descanso obligatorio en Colombia, pero sectores como salud, transporte, seguridad y gastronomía no se detienen. Para quienes laboren ese viernes, la reforma laboral ha replanteado completamente cómo se liquida su trabajo. La Ley 2466 de 2025, expedida en junio y publicada en el Diario Oficial, introdujo cambios estructurales en la forma de remunerar el trabajo en festivos.
El cambio más significativo es el recargo. Desde el 1 de julio de 2025, trabajar en un día festivo genera un recargo del 80 por ciento sobre el salario ordinario. Esto significa que un empleado recibe el 100 por ciento de su jornada más ese 80 por ciento adicional, sumando un total del 180 por ciento por cada hora laborada. Sin embargo, esto es solo el inicio de una implementación gradual: la ley contempla que el recargo suba al 90 por ciento en julio de 2026 y llegue al 100 por ciento en 2027.
Para un trabajador con el salario mínimo fijado en 1.750.905 pesos en 2026, los números se ven así. La hora ordinaria equivale a aproximadamente 7.959 pesos. Con el recargo del 80 por ciento, cada hora festiva llega a cerca de 14.326 pesos. En una jornada estándar de ocho horas, el pago por el 1 de mayo sumaria alrededor de 114.608 pesos. Ese monto se añade al salario base mensual y no puede ser usado por el patrono como sustituto de la remuneración ordinaria por la semana trabajada.
Hay un detalle importante si la jornada se extiende después de las 7:00 p.m. A esa hora comienza formalmente el trabajo nocturno en Colombia, y cuando ocurre en festivos, los recargos se acumulan. Se aplica simultáneamente el 80 por ciento por ser festivo más el 35 por ciento por la naturaleza nocturna, lo que genera un costo mayor para la empresa y un ingreso más alto para el trabajador. Estos beneficios no son excluyentes según la ley.
El Ministerio del Trabajo está vigilante sobre el cumplimiento. Las empresas que calculen incorrectamente los recargos enfrentan multas que van desde uno hasta 5.000 salarios mínimos mensuales, dependiendo de la gravedad de la falta. Además, el ministerio puede suspender hasta seis meses la facultad de una compañía para autorizar horas extras si detecta impago de los recargos establecidos. Los trabajadores afectados pueden reclamar por escrito para interrumpir la prescripción de sus derechos o acudir a los juzgados laborales, e incluso tienen derecho a una indemnización de un día de salario por cada día de retraso, con límite de 24 meses.
Fuente original: El Tiempo - Finanzas Personales