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Tribunal frena reorganización de salud: suspende decreto que trasladaría 6 millones de afiliados

Fuente: Portafolio - Economía
Tribunal frena reorganización de salud: suspende decreto que trasladaría 6 millones de afiliados
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El Tribunal Administrativo de Antioquia ordenó detener los efectos del decreto 182 de 2026, que reorganizaría el sistema de aseguramiento en salud. La medida protege derechos colectivos mientras avanza una acción popular que cuestiona si la reforma vulnera el acceso a servicios de salud. El decreto podría trasladar obligatoriamente a cerca de seis millones de personas entre EPS y dejaría operando una sola aseguradora en 502 municipios del país.

Un tribunal de Antioquia frenó en seco uno de los cambios más polémicos que intentaba hacer el Gobierno en el sistema de salud. El Tribunal Administrativo de Antioquia decidió suspender de manera provisional el decreto 182 de 2026, una reforma que reorganizaría completamente cómo funcionan las entidades promotoras de salud (EPS) en Colombia. La decisión llegó el 10 de marzo, mientras se estudia una acción popular que cuestiona si esta reorganización afecta derechos colectivos de los colombianos.

¿Qué significa esto para tu bolsillo? El decreto intentaba mover a cerca de seis millones de afiliados entre EPS. De esos, aproximadamente 2,6 millones irían a la Nueva EPS, que ya es una de las más grandes del país. El tribunal consideró que permitir estos traslados mientras se resuelve el caso en los juzgados podría causar daños tan graves que después sería imposible reparar.

El magistrado Daniel Montero Betancur decretó la medida cautelar para "evitar efectos que pudieran producirse durante el desarrollo del proceso judicial". En otras palabras: el juez frenó todo hasta que se sepa si el decreto es realmente legal o si perjudica a la gente. El auto señala que "las medidas cautelares son instrumentos con los cuales el ordenamiento jurídico protege, de manera provisional y mientras dura el proceso, la integridad de un derecho que se estima amenazado o vulnerado".

La preocupación del tribunal no es menor. Según los datos analizados, la reforma dejaría una sola EPS operando en 502 municipios del país en ambos regímenes de afiliación. Esto significa que en esos lugares, la gente no tendría opción de cambiar de aseguradora. El tribunal advirtió que "una medida que concentra en una sola EPS la operación de ambos regímenes en 502 municipios trasciende una simple reordenación administrativa y proyecta efectos estructurales sobre el aseguramiento".

El Gobierno había argumentado que el decreto buscaba ordenar un sistema fragmentado y mejorar su sostenibilidad financiera. Pero quienes demandaron consideran que la reforma vulneraría la libertad de elección en salud y podría afectar la calidad del servicio. El tribunal precisó que su decisión "no implica un prejuzgamiento" sobre si el decreto es bueno o malo, sino que es "una medida preventiva y temporal" mientras se resuelve en los juzgados.

La suspensión seguirá vigente hasta que termine el proceso judicial. Si el tribunal final decide que la reforma sí daña derechos colectivos, habrá sido gracias a esta pausa que los cambios no se implementaron a fondo. Si por el contrario decide que el decreto es legal, entonces podrá ejecutarse normalmente.

Fuente original: Portafolio - Economía

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