Tribunal de Antioquia frena traslados masivos de 6,5 millones de usuarios entre EPS

El Tribunal Administrativo de Antioquia ordenó una medida cautelar que impide temporalmente que el Ministerio de Salud ejecute el Decreto 182 de 2026, el cual buscaba reasignar millones de afiliados hacia Nueva EPS. La orden congela los traslados mientras se estudia si el decreto vulnera derechos colectivos como el acceso a la salud. Un abogado experto explica que la decisión cuestiona la capacidad operativa de Nueva EPS para asumir más usuarios en su situación actual.
Un tribunal administrativo en Antioquia acaba de frenar uno de los cambios más ambiciosos que el Ministerio de Salud buscaba hacer en el sistema de aseguramiento colombiano. El 10 de marzo de 2026, el Tribunal Administrativo de Antioquia emitió una medida cautelar que impide, por ahora, que se ejecute el Decreto 182 de 2026 en lo que respecta al traslado de afiliados hacia Nueva EPS. Esto significa que aproximadamente 6,5 millones de usuarios que deberían haber sido reasignados quedan en suspenso, a la espera de que la justicia defina si esa reorganización es legal.
La orden judicial surgió de una acción popular presentada contra el Ministerio de Salud y Protección Social. Aunque la medida cautelar no es una decisión definitiva sobre el fondo del caso, tiene un impacto inmediato: el Gobierno no puede avanzar con los traslados masivos mientras el tribunal analiza si el decreto viola derechos colectivos como la continuidad en la atención, la eficiencia del sistema o el acceso a servicios de salud. El Andrés Dewdney, abogado especializado en derecho de la salud, explicó a El Tiempo que esta decisión confirma la importancia de las acciones populares como mecanismo de protección. Según el jurista, "la orden del tribunal busca garantizar que el servicio público de salud se preste de manera adecuada y conforme a los principios constitucionales".
Lo interesante del caso es que el tribunal no suspendió directamente el decreto, lo que sería técnicamente complejo en una acción popular. En cambio, la medida cautelar tiene un efecto práctico similar: impide que se ejecute una disposición central de la norma. Dewdney señaló que este tipo de efectos son más comunes en las acciones de tutela, por lo que esta decisión abre un nuevo debate jurídico sobre los alcances de las acciones populares en salud.
El abogado también cuestionó la capacidad operativa de Nueva EPS para asumir nuevos afiliados. Según Dewdney, Nueva EPS actualmente tiene más de 11 millones de afiliados y enfrenta dificultades financieras y logísticas. "Si la EPS no cuenta con la estructura financiera y logística suficiente para garantizar la atención de más de diez millones de afiliados, resulta contradictorio asignarle nuevos usuarios mediante un decreto". En su opinión, el enfoque debería ser fortalecer la entidad antes de expandir su base de clientes.
Mientras el proceso judicial continúa, el sistema de salud entra en un período de incertidumbre. El tribunal estudiará en detalle si las disposiciones del decreto vulneran derechos colectivos definidos en la Ley Estatutaria de Salud, como la disponibilidad, accesibilidad, continuidad, calidad y capacidad real de respuesta. Solo después de ese análisis adoptará una decisión definitiva que podría confirmar o modificar las medidas del Gobierno. Por ahora, los 6,5 millones de usuarios afectados permanecen donde están, sin que se ejecuten los traslados ordenados por el decreto. Dewdney considera que esta medida cautelar marca un hito importante al priorizar los derechos colectivos y garantizar que las decisiones administrativas en salud respeten ciertos criterios antes de ser implementadas.
Fuente original: El Tiempo - Salud