MinSalud rechaza recusación contra superintendente de Salud y continúa auditoría a licores de Antioquia

El Ministerio de Salud decidió rechazar la solicitud del gerente de la Fábrica de Licores de Antioquia para apartar al Superintendente Nacional de Salud, Daniel Quintero Calle, de un proceso de vigilancia. La cartera determinó que no había fundamentos jurídicos válidos en la recusación, que se basaba en una supuesta enemistad y conflicto de intereses por publicaciones en redes sociales. Con esta decisión, la Superintendencia Nacional de Salud continúa su auditoría a la empresa, cuyas ganancias financian parte del sistema de salud colombiano.
El Ministerio de Salud y Protección Social cerró la puerta a una solicitud presentada por la dirección de la Fábrica de Licores de Antioquia. El gerente Esteban Ramos Maya había pedido apartar al Superintendente Nacional de Salud, Daniel Quintero Calle, de un proceso de vigilancia que adelanta sobre la empresa. La decisión quedó registrada en la Resolución 001222 del 25 de junio de 2026, en la que el ministerio concluyó que no existían razones legales válidas para hacer esa separación.
El rechazo se basó principalmente en el análisis de lo que los abogados llaman "causales de recusación", es decir, las razones que la ley permite para pedir apartar a un funcionario de un proceso. Según la Superintendencia Nacional de Salud, la solicitud de la licorera se sustentaba en una presunta enemistad grave y en un supuesto conflicto de intereses generado por publicaciones que el superintendente habría realizado en redes sociales. Sin embargo, el ministerio determinó que estas circunstancias no encajaban en lo que establece la ley para justificar una recusación.
En su análisis, el Ministerio consideró un factor importante: el auto administrativo que ordenó la auditoría no fue expedido directamente por el superintendente Quintero Calle, sino por un Superintendente Delegado. Este detalle fue relevante para evaluar si realmente había un conflicto de intereses que comprometiera la imparcialidad. Además, el ministerio examinó las publicaciones en redes sociales mencionadas en la recusación y concluyó que estas hacen parte del ejercicio de la libertad de expresión, del control ciudadano y del debate público, por lo que no constituyen prueba de una enemistad personal que afecte las actuaciones administrativas.
Con esta decisión, la Superintendencia Nacional de Salud sigue adelante con la auditoría que había ordenado mediante el Auto No. 202659000001332-7 del 22 de junio de 2026. Esta vigilancia es parte de las funciones de inspección y control que la entidad debe ejercer sobre empresas cuyas operaciones impactan el financiamiento del Sistema General de Seguridad Social en Salud. En este caso, las rentas provenientes de licores, tabaco y juegos de suerte y azar que genera la Fábrica de Licores de Antioquia son recursos que se destinan a financiar la salud de los colombianos.
Fuente original: El Tiempo - Salud