Findeter cancela contrato y cobra multa de 3.700 millones por documentos falsos

Findeter, la entidad que financia proyectos de infraestructura territorial, descubrió que el consorcio contratado para comprar maquinaria vial presentó certificaciones falsas de una empresa distribuidora. Ante la falsedad de documentos, la entidad activó una denuncia penal, cobró una multa contractual de 3.727 millones de pesos y terminó anticipadamente el acuerdo. Los recursos no ejecutados, cercanos a 18.600 millones, fueron liberados.
En un caso que expone los riesgos de la contratación pública, Findeter enfrentó un incumplimiento grave cuando descubrió que documentos presentados por el Consorcio MAQ 2026 eran falsos. La entidad había celebrado un contrato el 30 de enero de 2026 para adquirir maquinaria destinada a obras viales, pero apenas dos meses después los problemas salieron a la luz.
Todo comenzó cuando Distribuidora Nissan S.A. (Dinissan) recibió una solicitud de Findeter pidiendo que certificara si unos documentos presentados por el consorcio eran auténticos. La respuesta fue contundente: Dinissan informó que esas certificaciones nunca fueron emitidas por ellos, no estaban en sus registros y no cumplían con sus lineamientos institucionales. En otras palabras, eran falsas.
Findeter actuó rápidamente. El 24 de marzo de 2026, el mismo día en que recibió la respuesta de Dinissan confirmando la falsedad de documentos, presentó una denuncia penal ante la Fiscalía General de la Nación contra el Grupo Inversionista El Transportador S.A.S. Aunque el consorcio intentó presentar descargos (explicaciones) el 27 de marzo, no logró demostrar que los hechos eran falsos.
La entidad entonces decidió ejercer todo su derecho contractual. Cobró la cláusula penal de 3.727 millones de pesos, terminó anticipadamente el contrato y liberó aproximadamente 18.639 millones de pesos que no habían sido ejecutados. También notificó a su aseguradora, Berkley Internacional Seguros Colombia, sobre los daños sufridos.
Findeter aclaró que en estos procesos de selección opera "la presunción de legalidad y el principio de buena fe", lo que significa que las entidades públicas dan por válidos los documentos que les presentan los participantes. Por eso, dice la entidad, no le es exigible verificar la autenticidad de cada certificación ni investigar disputas internas entre miembros del consorcio. Esa responsabilidad recae en quienes presentan la documentación.
La entidad reafirmó su compromiso con la gestión ética de los recursos públicos y anunció que continuará colaborando con las autoridades competentes para garantizar que las obras viales en los municipios beneficiarios puedan ejecutarse a través de otros mecanismos.
Fuente original: Portafolio - Economía