Empresas medianas y grandes pagarán nuevo impuesto al patrimonio en abril: qué significa para su bolsillo

El gobierno decretó un impuesto temporal sobre el patrimonio empresarial como respuesta a la emergencia climática. Las compañías con más de 10 mil millones de pesos en activos netos deberán pagar el 1 de abril (50% del tributo) y el 4 de mayo (el restante 50%). La medida golpea con más fuerza a bancos, aseguradoras y empresas agrícolas, pero ha disparado críticas por cobrar dos veces sobre la misma riqueza: primero como ganancia, después como patrimonio acumulado.
A partir del próximo 1 de abril, las medianas y grandes empresas colombianas enfrentarán una realidad fiscal diferente. Deben presentar una declaración de impuesto al patrimonio y pagar la mitad del gravamen en esa fecha, con el saldo vencido para el 4 de mayo. Se trata de un tributo extraordinario creado por el gobierno bajo el argumento de la emergencia: las inundaciones y lluvias severas en regiones como Córdoba justificaron la declaratoria de emergencia económica, social y ecológica que abrió la puerta a esta medida.
El impuesto aplica a empresas formalmente constituidas que declaren renta, siempre que tengan un patrimonio líquido superior a 10.474 millones de pesos al 1 de marzo de 2026. Lo que cuenta es lo que realmente poseen en bienes menos sus deudas reconocidas fiscalmente. No todas las compañías pagan lo mismo: la mayoría enfrenta una tarifa del 0,5% sobre ese patrimonio acumulado, pero bancos, aseguradoras, empresas agrícolas y productoras de carbón y petróleo enfrentan el triple: 1,6%. Quedan exentas las clínicas y hospitales, las empresas estatales bajo supervisión y los servicios públicos en municipios declarados en calamidad.
El punto clave para entender este impuesto es cuál es la riqueza que tributa. El gobierno calcula sumando todos los bienes de una empresa al 1 de marzo y restando deudas. Pero aquí viene lo complejo: no cuenta el valor neto de las acciones que una empresa posee en otras compañías colombianas, los inmuebles ambientales de acueducto y alcantarillado, ni los fondos de garantía. El decreto también incluye una regla que busca evitar trucos: si una empresa se dividió antes del 1 de marzo para reducir su tamaño y escapar del impuesto, el gobierno suma los patrimonios de todas las partes como si la división nunca hubiera ocurrido.
Mauricio Marín Elizalde, consultor especializado en tributación empresarial, advierte sobre un problema de fondo que va más allá de esta emergencia. "En un momento en el que el país necesita empresas sólidas para sostener el empleo y apoyar la recuperación económica, esta medida reduce músculo financiero y envía una señal de incertidumbre", señaló. Su preocupación es que el impuesto grava el patrimonio acumulado, es decir, el dinero que las empresas dejan dentro para reinvertir y crecer, no las ganancias anuales. Eso es diferente a cobrar sobre las utilidades.
El especialista identifica una carga tributaria en cascada: primero se paga impuesto de renta cuando la empresa gana dinero, luego impuesto de dividendos si lo distribuye a los dueños, después este nuevo gravamen sobre lo que quedó guardado como patrimonio, y eventualmente impuesto nuevamente cuando ese patrimonio llega al bolsillo de los accionistas. "Cuando un mismo flujo económico es gravado en distintos momentos y en diferentes niveles, el efecto deja de ser coyuntural y se vuelve estructural. No solo aumenta la carga fiscal efectiva, sino que modifica los incentivos de inversión, reinversión y permanencia de capital en el país", advirtió Marín.
Hay otro punto que genera fricción: el decreto obliga a recalcular patrimonios considerando decisiones empresariales tomadas entre el 1 de enero y el 1 de marzo de 2026, es decir, días atrás. "Cambiar las reglas después de adoptadas las decisiones empresariales genera desconfianza y abre escenarios complejos de litigio", explicó Marín Elizalde. Martha Reyes Amaya, especialista en impuestos, recomienda que las compañías revisen minuciosamente su contabilidad al 1 de marzo. "Es clave evaluar la estructura financiera, identificar oportunidades dentro del marco legal y documentar cada paso para reducir riesgos ante la autoridad tributaria", sugirió.
El Gobierno defiende la medida como temporal y excepcional para enfrentar la crisis climática. Pero el debate real es si puede sustentarse que unos sectores paguen tres veces más que otros, y si tiene sentido gravar la acumulación de capital precisamente cuando el país necesita que las empresas se capitalicen. Esas preguntas todavía están sin respuesta clara.
Fuente original: El Colombiano - Negocios