Cómo recuperar el dinero que gastó en medicinas que su EPS no le entregó

El Ministerio de Salud ha aclarado las normas para que los colombianos recuperen dinero gastado en medicamentos que debía entregar su EPS. Existen dos situaciones en que la devolución es obligatoria: cuando la EPS niega un medicamento del plan obligatorio o cuando hay fallas atribuibles a la entidad. El reclamo debe presentarse en 15 días y la EPS tiene 30 días para pagar, aunque si se niega siempre está la Superintendencia de Salud como última instancia.
Millones de colombianos siguen sacando dinero de su bolsillo para pagar medicinas que, por ley, debería entregar su EPS. El gasto de bolsillo en salud ya alcanza los 14,5 billones de pesos en el país, una cifra que muestra cómo las familias cargan con costos que deberían ser cubiertos por el sistema. Ante quejas recurrentes durante 2025 sobre negativas injustificadas y trámites complicados, el Ministerio de Salud decidió aclarar exactamente en qué casos una EPS está obligada a devolverle el dinero que usted invirtió.
La norma establece dos situaciones claras en las que la devolución es obligatoria. La primera ocurre cuando usted debe asumir costos que son responsabilidad de la EPS, especialmente en urgencias, por fallas de la entidad o porque un servicio autorizado no se prestó a tiempo. La segunda situación aplica cuando le niegan un medicamento que está incluido en el plan obligatorio de salud, es decir, en lo que formalmente se conoce como la cobertura básica que toda EPS debe garantizar.
El exsuperintendente de Salud Luis Carlos Leal lo explicó de manera práctica: "La EPS le negó su medicamento, usted lo necesitaba urgente y le tocó comprarlo. La EPS tiene que pagárselo". Lo importante aquí es que tiene derechos claros y mecanismos para hacerlos valer.
Los plazos son fundamentales para que su reclamo prospere. Debe presentar la solicitud en los 15 días siguientes al evento médico. Una vez radicada, la EPS tiene un máximo de 30 días para efectuar el pago, siempre que adjunte los soportes necesarios: la historia clínica, certificación médica y las facturas. La factura electrónica tiene plena validez jurídica, así que no necesita documentos impresos.
Si la EPS se niega a reconocer el dinero, la instancia superior es la Superintendencia Nacional de Salud. Esta entidad puede resolver el conflicto entre usted y la aseguradora a través de un trámite virtual en su portal. Debe adjuntar los documentos de soporte, ingresar a la página oficial, diligenciar los formularios, seleccionar la pestaña de servicios de la función jurisdiccional y escoger entre las modalidades de reclamación disponibles. Aunque cada EPS maneja canales propios, este procedimiento ante la Superintendencia garantiza que sus derechos no queden solo en el papel y que el sistema responda financieramente por sus fallas.
Fuente original: El Tiempo - Salud