ÚltimasNoticias Colombia

Salud y Bienestar

A partir de 2026, las EPS no cubrirán rinoplastia, liposucción ni otras cirugías puramente estéticas

Fuente: El Tiempo - Salud
A partir de 2026, las EPS no cubrirán rinoplastia, liposucción ni otras cirugías puramente estéticas
Imagen: El Tiempo - Salud Ver articulo original

El Ministerio de Salud actualizó en 2026 la lista de procedimientos que no financia el sistema de salud, excluyendo cirugías estéticas sin justificación médica como rinoplastia, liposucción y aumento de senos. La medida busca priorizar recursos en intervenciones vitales y reconstructivas. La Corte Constitucional recuerda que cualquier negación debe contar con diagnóstico médico pertinente, protegiendo los derechos de los pacientes.

A partir de 2026, las EPS en Colombia ya no financiarán una serie de procedimientos quirúrgicos considerados puramente estéticos. Mediante la Resolución 695 de 2026, el Ministerio de Salud redefinió qué servicios quedan cubiertos por el sistema de salud público, dejando por fuera aquellas intervenciones que no tengan una justificación médica o funcional comprobada.

Entre los procedimientos excluidos están la rinoplastia con fines estéticos, la liposucción, el aumento de senos o glúteos, el lifting facial (estiramiento de piel), la blefaroplastia estética (corrección de párpados), la depilación láser con propósitos cosméticos y el alargamiento de pene sin indicación médica. Estas cirugías ahora correrán por cuenta del usuario si desea realizárselas sin una razón médica que las justifique.

Lo que sí seguirá siendo cubierto por las EPS son las cirugías reconstructivas después de accidentes, los procedimientos posteriores a tratamientos de cáncer, la corrección de malformaciones congénitas y las intervenciones que afecten funciones vitales como visión o respiración. También se mantiene la cobertura para cirugías con indicación médica debidamente justificada, independientemente del tipo de intervención.

El Ministerio de Salud ha aclarado que la decisión responde a un criterio de sostenibilidad del sistema. Según la cartera, no se trata de una eliminación general de procedimientos quirúrgicos, sino de priorizar los recursos públicos en intervenciones consideradas vitales, dejando las cirugías de mejora estética o física voluntaria fuera del financiamiento público.

Un elemento central en esta nueva política es la diferencia entre lo que es puramente estético y lo que tiene una función médica real. Mientras las primeras responden a una decisión personal sobre la apariencia, las segundas están ligadas a la calidad de vida, la salud física o la capacidad funcional del paciente.

En medio de este debate, cobra importancia la Sentencia T-101-23 de la Corte Constitucional, que enfatiza el derecho de los pacientes a recibir un diagnóstico médico pertinente antes de que se tome cualquier decisión sobre cobertura. Esto significa que ninguna autorización o negación de un procedimiento puede resolverse sin una valoración médica adecuada, lo que busca garantizar que las decisiones no sean arbitrarias y que se protejan los derechos fundamentales.

Para quienes esperaban acceder a procedimientos estéticos a través del sistema público, esto implica que tendrán que asumir estos costos de forma privada, a menos que cuenten con una justificación médica que respalde la necesidad de la intervención. La medida marca un nuevo punto de inflexión en el sistema de salud colombiano, donde el criterio médico y la priorización de recursos se convierten en el eje central para determinar qué es cubierto y qué no.

Fuente original: El Tiempo - Salud

Noticias relacionadas