Tribunal frena decreto que concentraba usuarios de salud en Nueva EPS en 500 municipios

El Tribunal Administrativo de Antioquia suspendió el Decreto 182 de 2026 que obligaría a trasladar 6 millones de usuarios entre EPS, de los cuales 2,6 millones irían a Nueva EPS. El fallo protege la libre elección de los afiliados y la competencia en el sistema de salud. El tribunal consideró que el decreto podría dejar a Nueva EPS como única operadora en 502 municipios, generando riesgos estructurales en la salud del país.
Una vez más la justicia colombiana frenó una decisión del Ministerio de Salud que afectaría profundamente a millones de usuarios del sistema. El Tribunal Administrativo de Antioquia decretó una medida cautelar contra el Decreto 182 de 2026, bloqueando temporalmente la reorganización que reorganiza el aseguramiento en salud bajo criterios territoriales. Esta no es la primera vez que la Rama Judicial interviene en decisiones administrativas sobre la salud: en octubre de 2025 el Consejo de Estado ya había parado otro documento que intentaba implementar la reforma a la salud por decreto.
El decreto que fue frenado pretendía limitar cuántas EPS pueden operar en cada municipio según la población. La consecuencia más inmediata sería una reorganización masiva que afectaría a cerca de 6 millones de usuarios, de los cuales 2,6 millones serían trasladados directamente a Nueva EPS. El Gobierno tenía previsto comenzar estos movimientos en abril, apenas en tres semanas. Según las pruebas presentadas, la aplicación del decreto dejaría a Nueva EPS como la única entidad autorizada en 502 municipios del país, operando simultáneamente en los regímenes contributivo y subsidiado.
El tribunal consideró que esta concentración eliminaría en la práctica uno de los principios fundamentales del sistema de salud en Colombia: la libertad de elección de los usuarios. Antes del decreto, muchos de esos municipios contaban con dos, tres o incluso cinco EPS diferentes, lo que permitía cierta competencia y capacidad de decisión a los afiliados. La reorganización también preocupó a los magistrados por su impacto en la viabilidad de otras aseguradoras, que perderían autorización en numerosos municipios y verían drásticamente reducida su base de clientes.
Un problema adicional que señaló el tribunal es la capacidad de Nueva EPS para absorber esta avalancha de nuevos afiliados. La entidad ha estado bajo intervención de la Superintendencia de Salud desde abril de 2024 por problemas financieros y fallas en la prestación del servicio, lo que genera serias dudas sobre su capacidad para atender a millones de usuarios más sin colapsar.
El tribunal también cuestionó la solidez técnica del estudio que justificó la expedición del decreto. Los magistrados señalaron que el documento no explica con claridad los criterios para establecer cuánta participación necesitaba cada EPS en cada territorio, ni justifica adecuadamente por qué ciertos porcentajes de afiliación serían necesarios para la viabilidad de las empresas.
En consecuencia, el tribunal ordenó al Ministerio de Salud y a la Superintendencia abstenerse de aplicar el decreto "hasta que se decida de fondo el asunto mediante sentencia". La medida busca prevenir lo que los magistrados llamaron un posible perjuicio irremediable para los usuarios mientras se resuelve la acción popular que cuestiona el modelo de aseguramiento con enfoque territorial y poblacional. Lo que suceda en las próximas semanas determinará si millones de colombianos seguirán teniendo opciones para elegir su EPS o si esa libertad desaparece por decreto.
Fuente original: El Colombiano - Colombia
