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Tribunal de Bogotá avanza en tutela contra el CNE: caso llega a la Corte Suprema

Fuente: La Guajira Noticias
Tribunal de Bogotá avanza en tutela contra el CNE: caso llega a la Corte Suprema
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El Tribunal Superior de Bogotá aceptó una impugnación del ciudadano Marco Antonio Jaramillo Daza contra el Consejo Nacional Electoral y remitió el caso a la Corte Suprema de Justicia. La decisión se toma en medio de un complejo panorama electoral en el que hay cuatro acciones de tutela en curso, tres de ellas a favor de Micher Pérez Fuentes. Un tribunal ya ordenó entregar la credencial al alcalde electo, una medida de obligatorio cumplimiento que podría afectar el resultado electoral.

La Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá aceptó la impugnación que había presentado Marco Antonio Jaramillo Daza contra el Consejo Nacional Electoral a través de una acción de tutela. Con esta decisión, fechada el 5 de mayo de 2026, el tribunal revirtió un rechazo anterior que había ocurrido el 28 de abril, cuando se había negado la acción constitucional argumentando falta de legitimación. Ahora el caso continúa su camino en la justicia.

El expediente fue enviado a la Corte Suprema de Justicia, concretamente a su Sala de Casación Penal, instancia que tendrá que analizar de fondo el recurso presentado. Esta remisión ocurre en un momento donde el sistema judicial se encuentra con varios frentes abiertos relacionados con el proceso electoral.

El escenario es bastante complicado. En total hay cuatro acciones de tutela en trámite. De estas, tres han generado medidas preventivas a favor de Micher Pérez Fuentes, mientras que una fue rechazada en primera instancia. Lo interesante es que en una de las decisiones más recientes, un tribunal ordenó a la comisión escrutadora departamental entregar la credencial correspondiente al alcalde electo Micher Pérez, una decisión que podría tener un impacto directo sobre cómo termine definido el resultado electoral.

Vale recordar que cuando un juez dicta una orden en sede de tutela, esa decisión es de obligatorio cumplimiento. La comisión escrutadora departamental no tiene opción de interpretar o decidir si acata la orden o no. Simplemente debe cumplirla de inmediato, porque proviene de un juez constitucional que está buscando proteger un derecho fundamental en riesgo: el derecho a elegir y ser elegido.

El panorama sigue siendo incierto porque aún falta que se dicten los fallos finales en cada una de estas tutelas. Según expertos, si las partes no están de acuerdo con lo que decidan los jueces, pueden acudir a la jurisdicción de lo contencioso administrativo para resolver el conflicto electoral a través de esa otra vía.

Fuente original: La Guajira Noticias

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