Tribunal de Bogotá admite impugnación contra el CNE en disputa electoral que llega a la Corte Suprema

La Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá aceptó un recurso de impugnación presentado por Marco Antonio Jaramillo Daza contra una decisión del Consejo Nacional Electoral que había rechazado una tutela. El caso fue remitido a la Corte Suprema para que defina de fondo el asunto. Esto ocurre en medio de un complejo panorama electoral donde hay cuatro tutelas en curso, tres de las cuales han otorgado medidas a favor del candidato Micher Pérez Fuentes.
Un paso más en la batalla judicial que rodea el proceso electoral en el país. El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, por medio de su Sala Penal, decidió aceptar la impugnación que había presentado Marco Antonio Jaramillo Daza contra una tutela que el CNE había negado inicialmente. La decisión llegó en un auto fechado el 5 de mayo de 2026.
Lo que pasó fue esto: el 28 de abril, se había rechazado la acción de tutela argumentando que Jaramillo Daza no tenía legitimación para promoverla, es decir, que no era la persona indicada para llevar adelante ese tipo de recurso. Pero el tribunal bogotano consideró que sí debía analizarse de fondo y por eso admitió la impugnación. Ahora el expediente viaja a la Corte Suprema de Justicia, específicamente a su Sala de Casación Penal, donde deberá resolverse definitivamente.
El contexto de esta decisión es de lo más enredado. Actualmente hay cuatro acciones de tutela en curso relacionadas con el proceso electoral. De estas, tres han favore a Micher Pérez Fuentes con medidas preventivas, mientras que una fue negada en primera instancia. En una de estas decisiones recientes, un tribunal ordenó a la comisión escrutadora departamental entregar la credencial de alcalde electo a Pérez Fuentes, una orden que podría cambiar el resultado final de la elección.
Lo importante de aclarar es que cuando un juez constitucional toma decisiones en tutelas, esas órdenes son de cumplimiento obligatorio. Significa que la comisión escrutadora departamental debe obedecer inmediatamente lo que ordene el juez, porque se trata de proteger derechos fundamentales como el de elegir y ser elegido.
El panorama sigue moviéndose. Mientras la Corte Suprema decide sobre la impugnación de Jaramillo Daza, los fallos definitivos en las otras tutelas aún están en proceso. Si las partes siguen inconformes después de todo esto, podrán recurrir a la jurisdicción de lo contencioso administrativo para que se resuelva de fondo el conflicto electoral, pero eso sería otro capítulo de esta historia que parece estar lejos de terminar.
Fuente original: Guajira News


