Tribunal de Antioquia mantiene freno al decreto que obligaría a 6 millones a cambiar de EPS

El Tribunal Administrativo de Antioquia ratificó su decisión de suspender el Decreto 182 de 2026, que habría obligado a trasladar masivamente a usuarios entre aseguradoras, con 2.6 millones yendo hacia la Nueva EPS. Los magistrados consideran que la medida amenaza derechos fundamentales como la libre elección de afiliados y la competencia en el sistema de salud. La orden se mantiene vigente hasta que se resuelva de fondo la acción popular que cuestiona esta reorganización del aseguramiento.
El Tribunal Administrativo de Antioquia cerró la puerta a cualquier intento de aclaración sobre el decreto que pretendía reorganizar el sistema de aseguramiento en salud. La decisión del 25 de marzo ratificó lo que ya había dispuesto hace dos semanas: el Gobierno no puede tocar el Decreto 182 de 2026 mientras se resuelve el fondo del asunto en los juzgados.
Lo que estaba en juego era bastante serio. El decreto buscaba reorganizar las EPS según criterios territoriales y poblacionales, lo que se traduce en movimientos forzosos. Cerca de 6 millones de colombianos habría experimentado un traslado obligatorio entre aseguradoras, siendo 2.6 millones de ellos destinados a la Nueva EPS. Para muchos, esto significaba perder la posibilidad de elegir quién los atiende en salud, algo que la ley reconoce como un derecho.
El tribunal vio con preocupación que el modelo favoreció desproporcionadamente a la Nueva EPS como la principal aseguradora en amplias zonas del país. En municipios donde antes operaban dos, tres o incluso cinco opciones de EPS, la reorganización hubiera dejado a una sola. Eso no es menor cuando hablamos de competencia: cuando hay opciones, los afiliados pueden exigir mejor servicio y las empresas tienen que esforzarse más. Con una sola EPS, eso desaparece.
Pero hay algo que preocupa aún más a los magistrados. La Nueva EPS está bajo intervención de la Superintendencia de Salud desde abril de 2024 por problemas financieros graves y fallas en la prestación del servicio. La pregunta que el tribunal se hizo es evidente: ¿cómo una empresa en esas condiciones podría absorber millones de nuevos afiliados sin colapsar? Los jueces también cuestionaron el estudio técnico que respaldaba el decreto, señalando que no explicaba claramente por qué esos porcentajes de afiliación eran necesarios para la viabilidad de las EPS en cada territorio.
La medida cautelar que suspendió todo esto busca proteger a los usuarios de un daño que sería prácticamente imposible de reparar después. Mientras la acción popular sigue adelante en los tribunales, nadie puede ser trasladado. Por ahora, el sistema de salud respira un poco, aunque la batalla legal apenas comienza.
Fuente original: El Colombiano - Colombia

