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Todo lo que necesitas saber si fuiste designado como jurado de votación para el 31 de mayo

Fuente: El Colombiano - Colombia
Todo lo que necesitas saber si fuiste designado como jurado de votación para el 31 de mayo
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La Registraduría está sorteando a los jurados de votación para las elecciones presidenciales del 31 de mayo en los 13.489 puestos a nivel nacional. Cada mesa electoral tiene seis jurados con funciones específicas que van desde verificar votantes hasta custodiar urnas y hacer escrutinio. Existen causales de exoneración por edad, enfermedad o familiares fallecidos, pero faltar sin justa causa acarrea multas de hasta 10 salarios mínimos. Los jurados tienen derecho a un día de descanso remunerado después de las elecciones.

Ya está en marcha el sorteo de jurados de votación para las elecciones presidenciales del próximo 31 de mayo. La Registraduría necesita designar a miles de ciudadanos para vigilar los 13.489 puestos de votación que funcionarán en todo el país, tanto en zonas rurales como urbanas. Sin estos jurados, sencillamente no sería posible llevar a cabo la jornada electoral.

Si recibiste la notificación de que fuiste elegido, prepárate: tu rol es fundamental para garantizar que el proceso sea transparente. Los jurados de votación son los guardianes de la integridad electoral. Verifican que cada persona vote en su puesto asignado, diligencian los formularios de la Registraduría y custodian las urnas. Es un trabajo en equipo: cada mesa electoral está conformada por seis jurados. Tres de ellos son presidente, vicepresidente y vocal principal, y cada cargo tiene su suplente. No hay unos que tengan más responsabilidad que otros; todos deben trabajar de manera equilibrada. Si recibiste la designación como "remanente", significa que solo entrarás en acción si alguno de los titulares no puede presentarse.

El día de la votación hay tres momentos clave en los que debes estar atento. Primero está la instalación del puesto: debes llegar a las 7:30 a.m. con tu cédula. Ojo: si la perdiste o te la robaron pero tienes la contraseña digital, debes presentarte igual. Eso sí, con solo la contraseña no podrás votar, aunque cumplas tus funciones como jurado. Ya en el puesto, verificarás que todo esté en orden: formularios, tarjetas electorales, sobres, urnas y los demás materiales. Luego mostrarás la urna vacía antes de sellarla.

Durante toda la votación, desde las 8:00 a.m. hasta las 4:00 p.m., tres de ustedes se encargaran de recibir cédulas, verificar a los electores en las listas, registrarlos en los formularios y entregar las tarjetas. Los otros tres cuidarán la urna y ayudarán a personas con discapacidad o mayores de 80 años que puedan venir acompañados. Sobre las firmas en la parte de atrás de las tarjetas: la Registraduría ha aclarado que aunque "es una medida preventiva de conductas contra el voto libre y la compra de votos", si alguien se olvida de firmar, el voto sigue siendo válido. Los jurados votan en la misma mesa donde trabajan, no pueden ir a otro puesto.

Cuando cierren las urnas a las 4:00 p.m. comienza el escrutinio. Deben destruir el material sobrante, contar cuántas personas votaron según los registros y verificar que el número de votos coincida con los votantes. Luego abren las urnas y hacen el conteo. Uno de los jurados debe diligenciar el acta de escrutinio con precisión extrema en los números para evitar confusiones, y finalmente entregan los sobres sellados y documentos al delegado de la Registraduría.

Ahora bien, si fuiste sorteado pero tienes una razón válida, existen exoneraciones. No pueden ser jurados los menores de 18 años, mayores de 61, funcionarios judiciales o electorales, miembros de las Fuerzas Armadas, candidatos políticos ni sus familiares cercanos. También quedan exonerados quienes sufren una grave enfermedad, quienes tengan un cónyuge, padre o hijo enfermo, o si alguno de esos familiares fallece el día de las elecciones o tres días antes. Las mujeres embarazadas pueden excusarse si presentan certificación médica de riesgo, y quienes no residan en el lugar designado deben presentar certificado de vecindad. Para estas excepciones debes dirigirte a la sede municipal donde te sortearon y solicitar la exoneración con la documentación correspondiente.

Si no tienes causa válida y no compareces, las consecuencias pueden ser serias. Los servidores públicos pueden enfrentar destitución, mientras que empleados privados o independientes pueden recibir una multa de hasta 10 salarios mínimos mensuales. Sin embargo, ser jurado también tiene ventajas: tienes derecho a un día de descanso compensatorio remunerado que debes solicitar a tu empleador dentro de los 45 días después de las elecciones, más media jornada adicional de descanso por haber votado.

Fuente original: El Colombiano - Colombia

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