Reformar la Constitución fuera de los cauces legales sería un golpe de Estado, advierte experto

El debate sobre una asamblea nacional constituyente en Colombia debe seguir estrictamente lo que dice el artículo 376 de la Constitución: aprobación en el Congreso con mayoría absoluta, revisión de la Corte Constitucional y participación de más de 10 millones de ciudadanos en las urnas. Cualquier intento de hacer una reforma constitucional por fuera de estos procedimientos representaría un quiebre del orden institucional, según el constitucionalista Juan Manuel Charry, quien participó en una entrevista con La FM.
La posibilidad de convocar una asamblea nacional constituyente volvió a ser protagonista en la agenda política colombiana después de que el presidente anunciara la recolección de firmas para impulsarla. Las movilizaciones del primero de mayo sirvieron como plataforma para reiterar esta propuesta, que ha encendido el debate no solo sobre su viabilidad política, sino también sobre sus implicaciones legales.
Para el abogado constitucionalista Juan Manuel Charry, quien conversó con La FM, la discusión va mucho más allá de consideraciones políticas. El experto enfatiza que cualquier iniciativa de este tipo debe respetar estrictamente los procedimientos que ya están definidos en la Constitución, lo cual reduce significativamente el margen de acción del Gobierno y de los mecanismos de participación ciudadana que se propongan.
El artículo 376 de la Constitución es el punto de partida obligatorio. Según Charry, "el punto de partida es el artículo 376 de la Constitución que fija los requisitos para convocar una constituyente". El proceso es exigente: primero se requiere una ley aprobada por mayorías absolutas en el Congreso que defina elementos como los temas a reformar, cuántas personas integrarán la asamblea y durante cuánto tiempo funcionará. Luego, esa ley debe pasar por la Corte Constitucional para que revise su validez. Finalmente, la convocatoria solo es válida si participa en las urnas al menos el 25% del censo electoral, lo que significa la concurrencia de más de 10 millones de colombianos.
Uno de los puntos más discutidos es si las firmas ciudadanas pueden impulsar directamente la constituyente. Aunque la ley de participación ciudadana contempla este mecanismo, Charry advierte sobre las tensiones que esto genera con la Constitución. Señala que "el Congreso está obligado a hacer esa convocatoria", pero subraya que debe existir una armonización entre la ley ordinaria y la Constitución. En caso de conflicto, prevalece la Carta Política, aunque reconoce que esta discusión podría terminar siendo resuelta por los tribunales.
A diferencia de lo que pasó en 1991, una eventual asamblea constituyente hoy tendría límites claros definidos desde el inicio. Charry la describe como un "constituyente secundario", es decir, una reforma limitada a temas específicos y no una reescritura total de la Constitución. Además, la Corte Constitucional tendría control tanto sobre la convocatoria como sobre lo que la asamblea finalmente apruebe. "Está limitada no solo por la ley, sino por el controlador de la Constitución", explica.
Cuando se habla de una "asamblea popular constituyente" que prescinda de estos requisitos, Charry es claro en su análisis: representaría un salto hacia lo que teóricamente se conoce como un constituyente primario, que implica una ruptura del orden institucional. "Para decirlo en términos claros, es un golpe de Estado", afirma al referirse a procesos que se apartan de los mecanismos establecidos en la Constitución. Para el experto, cualquier intento de reformar la Carta Política por fuera de estos procedimientos constituiría un quiebre del orden jurídico que sostiene el sistema democrático del país.
Fuente original: La FM - Colombia

