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Rector de la Universidad Popular del Cesar suspendido por faltarle un mes de experiencia

Fuente: Minuto30

El Consejo de Estado suspendió al rector Guillermo Echevarría de la Universidad Popular del Cesar por no cumplir los requisitos para el cargo. Según los estatutos internos, todo aspirante debe tener mínimo cinco años de experiencia en educación superior, pero Echevarría solo acreditó 4 años, 10 meses y 26 días. El tribunal descartó que contara con la experiencia laboral de UPARSISTEM porque es una institución de formación para el trabajo, no de educación superior.

Un nuevo tropiezo sacude a la Universidad Popular del Cesar. La Sección Quinta del Consejo de Estado dictó en las últimas horas una medida cautelar que suspende provisionalmente a Guillermo Andrés Echevarría Gil del cargo de rector, al cual había sido designado mediante el Acuerdo 011 del 9 de marzo de 2026. La razón es simple pero contundente: le faltaba acreditar la experiencia mínima que exigen los estatutos de la institución.

Según las normas internas de la UPC, modificadas en 2025, todo candidato a la rectoría debe demostrar al menos cinco años de experiencia en educación superior en el momento de inscribirse en el proceso electoral. Para Echevarría, ese plazo vencía el 26 de noviembre de 2025. Pero cuando el Consejo de Estado verificó sus credenciales, descubrió que la certificación laboral oficial emitida por la misma universidad mostraba que solo tenía 4 años, 10 meses y 26 días de experiencia docente en la institución. Apenas le faltaba un mes para llegar al requisito.

El candidato intentó cubrir ese hueco incluyendo en su hoja de vida una constancia de trabajo realizado en 2020 en UPARSISTEM S.A.S., esperando que esos meses adicionales lo pusieran al día. Sin embargo, el tribunal fue categórico al rechazar este documento. El problema es que UPARSISTEM es una institución de formación para el trabajo y desarrollo humano, regulada por la Ley 1064 de 2006, y no una institución de educación superior. La ley colombiana hace una clara diferenciación entre ambas categorías. El Consejo de Estado citó el Decreto 1075 de 2015 para ser enfático: "Limitación de la oferta. Las instituciones de educación para el trabajo y el desarrollo humano no pueden ofrecer y desarrollar directamente o a través de convenios programas de educación superior".

Con esa puerta cerrada, quedó demostrado que Echevarría no alcanzó los cinco años requeridos. El tribunal consideró que había una "infracción normativa con la entidad suficiente" para sacarlo del cargo de manera inmediata.

La suspensión que acaba de decretarse es provisional. Esto significa que Echevarría queda apartado de la rectoría mientras el Consejo de Estado continúa con el proceso judicial y emite una sentencia definitiva sobre la legalidad de su elección. Una vez más, la universidad enfrenta una crisis de gobernanza que pone en tela de juicio los procesos de selección de sus máximas autoridades.

Fuente original: Minuto30

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