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¿Puede Petro liquidar una EPS solo con ordenarlo? La ley dice que no

Fuente: KienyKe - Portada

El presidente Gustavo Petro anunció la liquidación de EPS en quiebra, pero legalmente esa facultad no la tiene él directamente. La Superintendencia Nacional de Salud es la autoridad competente para tomar esa decisión, siguiendo evaluaciones técnicas y procedimientos específicos. El anuncio presidencial marca una línea política, pero no reemplaza el proceso legal que debe adelantarse caso por caso para cerrar una entidad.

Cuando el presidente Gustavo Petro anunció tras el Consejo de Ministros del 16 de marzo que ordenaba liquidar EPS en quiebra, surgió una pregunta jurídica que muchos se hacen: ¿puede el jefe de Estado hacer eso por su propia cuenta? La respuesta es más complicada de lo que parece a primera vista.

De acuerdo con la normativa actual, el presidente no tiene la facultad directa de liquidar una EPS. Esa competencia le corresponde formalmente a la Superintendencia Nacional de Salud. El artículo 68 de la Ley 715 de 2001 asigna a esa entidad las funciones de inspección, vigilancia y control en salud, y el Decreto 780 de 2016 es aún más específico: es la Superintendencia la que ejecuta los procesos de intervención forzosa para administrar o liquidar EPS. No se trata de una decisión que baje por orden desde la Presidencia, sino de una acción que debe cumplir la autoridad que la ley designó para ello.

Eso no quiere decir que el anuncio presidencial sea irrelevante. Lo que hace Petro al comunicar esta decisión es fijar una línea política clara: el Gobierno va por el cierre de EPS que no funcionan. Eso sí tiene peso político. Pero existe una diferencia importante entre dar una instrucción política y ejecutar una medida jurídica real. La Superintendencia mantiene funciones como autorizar, suspender o revocar el funcionamiento de las EPS cuando incumplen requisitos. Entonces, el anuncio presidencial no reemplaza la evaluación técnica ni la decisión que debe tomarse en cada caso específico.

Un detalle que el debate público suele pasar por alto es qué significa exactamente que una EPS esté "quebrada". Esa fue la palabra que usó el presidente, pero la ley maneja criterios más precisos. Según el Decreto 780, la Superintendencia puede intervenir y liquidar con base en una evaluación previa del grado y la causa de la falla o ineficiencia en la prestación del servicio. Además, el procedimiento requiere expediente, motivación clara y una decisión comunicada oficialmente. No es suficiente con decir que una EPS está quebrada: hay que documentarlo, analizarlo y decidirlo con rigor administrativo.

También está el tema de qué sucede con los millones de afiliados cuando una EPS cierra. La normativa actual prevé que cuando una entidad se liquida, voluntaria o forzosamente, el Ministerio de Salud y la ADRES deben actualizar las bases de datos y reasignar los afiliados a otras EPS receptoras. En teoría, esto evita que los usuarios queden sin cobertura cuando su entidad desaparece.

La forma más clara de entenderlo es esta: Petro sí puede impulsar una decisión política de su Gobierno y exigir que su administración avance en liquidar EPS problemáticas. Eso está dentro de su autoridad como presidente. Pero la facultad formal, el procedimiento completo y la decisión que convierte esa intención en una liquidación real siguen estando en manos de la Superintendencia Nacional de Salud. No se trata de un detalle técnico sin importancia: en esa diferencia radica la legalidad de cualquier cierre que se ejecute después del anuncio.

Fuente original: KienyKe - Portada

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