Policía destituido e inhabilitado por 18 años por violencia sexual contra compañera
La Procuraduría General de la Nación condenó disciplinariamente al patrullero Deivis Maggiver Gaitán Campúzano con destitución e inhabilidad por casi dos décadas. Los hechos ocurrieron el 2 de marzo de 2024 en la estación de Policía de Marquetalia, Caldas, donde habría cometido violencia sexual contra una auxiliar de la institución. La sanción se basó en testimonios, audios y mensajes de texto que comprobaron su responsabilidad.
Un uniformado de la Policía Nacional quedó fuera de la institución y sin posibilidad de volver a trabajar en el sector público durante 18 años. La Procuraduría General de la Nación castigó al patrullero Deivis Maggiver Gaitán Campúzano con destitución e inhabilidad por su responsabilidad en un caso de violencia sexual contra una compañera de trabajo.
Los hechos que llevaron a esta decisión ocurrieron en la tarde del 2 de marzo de 2024 dentro de las instalaciones de la estación de Policía de Marquetalia, en Caldas. Según lo determinado en la investigación disciplinaria, el uniformado habría accedido carnalmente a una auxiliar de la Policía Nacional, abusando de su posición y confianza.
La Procuraduría Disciplinaria de Juzgamiento 4 encontró culpable al patrullero basándose en un conjunto de pruebas contundentes: testimonios, declaraciones, audios y mensajes de texto que dejaban claro su participación en los hechos. Con esta evidencia, los investigadores concluyeron que el policía había cruzado todas las líneas.
En el fallo, la entidad de control fue tajante al señalar que el uniformado "despojó por completo a su conducta de la ética exigible a un funcionario policial, desnaturalizando los fines de la institución y defraudando la confianza depositada en él por el Estado y la sociedad". Estas palabras reflejan la gravedad que los investigadores vieron en la actuación del patrullero.
El daño causado a la víctima fue considerado muy serio. La Procuraduría destacó que la conducta del policía produjo graves afectaciones al honor, la dignidad y la integridad física y psicológica de su compañera. Por eso calificaron la falta como gravísima y actuada con intención dolosa, es decir, a sabiendas de que estaba cometiendo un crimen.
La sanción de destitución e inhabilidad por 18 años es la más severa que puede imponerse en este tipo de casos dentro de la administración pública. Vale aclarar que esta es una decisión de primera instancia, lo que significa que todavía hay posibilidad de que se presente recurso de apelación ante instancias superiores.
Fuente original: Las Noticias Cartagena
