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Polémica legal: cuestionan a Petro y Nueva EPS por divulgar historia clínica de menor fallecido

Fuente: Minuto30

La muerte del niño Kevin Acosta por falta de medicamento para la hemofilia derivó en una crisis legal cuando el presidente Petro hizo públicos detalles de su historia clínica. Expertos juristas advierten que se habrían violado leyes de protección de datos y el derecho a la intimidad del menor. La pregunta central es si existió autorización de la familia para revelar esta información sensible.

Lo que comenzó como una tragedia familiar se convirtió en un complejo litigio legal después de que el presidente Gustavo Petro revelara partes de la historia clínica del niño Kevin Acosta, quien falleció presuntamente porque Nueva EPS no le suministró a tiempo su medicamento para la hemofilia. La divulgación ha generado críticas fuertes de diversos sectores que denuncian la violación del derecho a la intimidad y la reserva legal que protege este tipo de documentos.

En Colombia, la historia clínica es un documento privado que goza de protección especial. Expertos juristas han identificado al menos tres normas que podrían haberse incumplido. La Ley 23 de 1981 establece que la historia clínica es de carácter reservado y solo puede ser conocida por terceros con autorización del paciente o sus representantes legales, o por orden judicial. La Ley 1581 de 2012 clasifica los datos de salud como sensibles y exige consentimiento expreso, informado y por escrito para su tratamiento. Además, la Constitución Política protege el derecho fundamental al buen nombre y a la intimidad personal y familiar. La pregunta que persiste es: ¿cuál fue la autorización por escrito de la madre de Kevin Acosta para que Nueva EPS entregara la información al Ejecutivo y para que este la hiciera pública?

Nueva EPS tampoco escapa a las críticas. Bajo intervención estatal, la EPS debería haber respetado la Resolución 1995 de 1999, que delimita claramente quién puede acceder a las historias clínicas: el equipo de salud, el paciente, sus familiares bajo ciertas condiciones y las autoridades judiciales. El presidente de la República no aparece en esa lista como receptor autorizado de datos clínicos individuales sin permiso expreso.

Las posibles consecuencias legales son significativas. La Superintendencia de Industria y Comercio podría investigar y sancionar a Nueva EPS por el manejo inadecuado de datos personales. También podrían presentarse acciones ante la Procuraduría o la Comisión de Acusaciones por presunta extralimitación de funciones y vulneración de derechos fundamentales por parte de funcionarios públicos. Aunque por ahora no se han confirmado acciones legales formales, el caso abre un debate fundamental sobre los límites que tiene el poder ejecutivo para acceder a información médica privada, incluso en circunstancias sensibles.

Fuente original: Minuto30

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