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MinTransporte establece nuevas reglas para patinetas y scooters eléctricos en Colombia

Fuente: SeguimientoResumen basado en informacion limitada
MinTransporte establece nuevas reglas para patinetas y scooters eléctricos en Colombia
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El Ministerio de Transporte ha publicado un proyecto de resolución que busca regular la circulación de vehículos eléctricos livianos como patinetas, scooters y bicicletas eléctricas en el país. La normativa exige equipamiento de seguridad, fija los 16 años como edad mínima para conducirlos y prohíbe su uso en andenes y zonas peatonales. A partir de enero de 2027, estos vehículos deberán portar una lámina de identificación, y los conductores serán obligados a usar casco y prendas retrorreflectivas.

El Ministerio de Transporte abrió nuevamente la puerta a los comentarios sobre un proyecto de resolución que busca poner orden en el uso de vehículos eléctricos livianos en Colombia. Se trata de patinetas, scooters, monociclos y bicicletas eléctricas, que cada vez son más comunes en nuestras ciudades pero que hasta ahora han funcionado sin un marco normativo claro.

Esta iniciativa desarrolla lo establecido en la Ley 2486 de 2025 y pretende mejorar la seguridad vial de todos los que compartimos las calles. Las nuevas reglas son bastante completas: los vehículos deberán tener frenos, luces, direccionales, dispositivo acústico, indicador de velocidad y limitadores que impidan aumentar su potencia original. Además, desde el 1 de enero de 2027 tendrán que portar una lámina de identificación, similar a lo que hoy hace con las motos.

En cuanto a quiénes pueden conducir estos aparatos, la norma fija en 16 años la edad mínima. Solo se permite transportar una persona, salvo que el modelo esté diseñado específicamente para más de una. Aquí viene algo importante: estos vehículos no podrán circular por los andenes ni por zonas peatonales, así que tendrán que usar la cicloinfraestructura o, si no la hay, el carril derecho de las vías autorizadas.

Los límites de velocidad también están definidos: 25 kilómetros por hora en ciclorrutas y 40 en las vías permitidas, aunque las alcaldías podrán establecer restricciones diferentes según las condiciones locales. Para los conductores, es obligatorio usar casco, prendas con material retrorreflectivo durante la noche y está totalmente prohibido conducir bajo los efectos del alcohol o sustancias psicoactivas.

La propuesta sigue en etapa de retroalimentación, lo que significa que el público y los interesados pueden presentar sus observaciones antes de que la resolución se cierre definitivamente.

Fuente original: Seguimiento

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