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Ley seca en elecciones 2026: multas hasta casi $2 millones por vender o consumir alcohol

Fuente: KienyKe - Portada

Durante las elecciones presidenciales del 31 de mayo de 2026, Colombia aplicará ley seca desde las 6:00 p.m. del sábado 30 de mayo hasta el mediodía del lunes 1 de junio. La medida restringe la venta y consumo de bebidas alcohólicas en bares, licoreras y tiendas, con sanciones que pueden llegar a $1,8 millones según el Código Nacional de Policía. Los alcaldes tendrán potestad de ampliar la restricción si lo consideran necesario.

La ley seca volverá a regir en Colombia durante los comicios presidenciales de 2026, una medida que trae consigo restricciones importantes y sanciones económicas para quienes las incumplan. El Gobierno Nacional definió las reglas mediante el Decreto 0188, emitido por el Ministerio del Interior, estableciendo un marco de orden público para proteger la jornada electoral.

El horario será bastante amplio. La veda de bebidas alcohólicas comenzará el sábado 30 de mayo a las 6:00 p.m. y se extenderá hasta el mediodía del lunes 1 de junio de 2026. La votación misma ocurrirá el domingo 31 de mayo, entre las 8:00 a.m. y las 4:00 p.m., según la Registraduría Nacional. Durante este tiempo, alcaldes tendrán que prohibir la venta de alcohol en bares, licoreras, tiendas, restaurantes y cualquier comercio que lo expendía. También se restricta el consumo en lugares bajo control de las autoridades.

Las consecuencias económicas pueden ser serias para quienes incumplan. Aunque el decreto no fija un monto único, las autoridades pueden imponer sanciones conforme a la Ley 1801 de 2016, el Código Nacional de Policía y Convivencia. Estas multas oscilan entre cientos de miles de pesos y valores cercanos a los $1,8 millones, dependiendo del tipo de infracción y la decisión de alcaldes, inspectores de policía o comandantes de estación. Para los establecimientos comerciales, el riesgo va más allá del dinero: las autoridades también pueden tomar medidas sobre el funcionamiento del negocio.

Además de la ley seca, el gobierno implementará otras restricciones el día de la elección. No se permitirá el uso de celulares, cámaras fotográficas ni equipos de video dentro de los puestos de votación entre las 8:00 a.m. y las 4:00 p.m., salvo para medios de comunicación identificados, autoridades de control y cuando los ciudadanos necesiten mostrar la cédula digital al jurado.

Un detalle importante es que gobernadores y alcaldes tienen facultad para ampliar los horarios de la ley seca si sus consejos de seguridad lo recomiendan. Esto significa que la restricción nacional es el piso mínimo, pero cada territorio podría ser más estricto si lo considera necesario para mantener la convivencia y la seguridad.

La recomendación para comercios y ciudadanía es estar atentos a los anuncios de sus autoridades locales. Aunque la norma nacional empieza el sábado 30 de mayo a las 6:00 p.m., cada alcaldía o gobernación podría comunicar restricciones adicionales según lo que considere prudente para su territorio.

Fuente original: KienyKe - Portada

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