Juzgado multa al presidente Petro con cinco salarios mínimos por desacato a sentencia judicial
El Juzgado 54 Administrativo de Bogotá sancionó al presidente Gustavo Petro con una multa equivalente a cinco salarios mínimos por no cumplir completamente una orden de rectificación derivada de una tutela a favor del fiscal Mario Andrés Burgos. La controversia surgió por declaraciones del mandatario en redes sociales donde vinculó al fiscal con carteles de narcotráfico y con el caso del fiscal paraguayo Marcelo Pecci. El juzgado consideró que las rectificaciones emitidas por el presidente no se ajustaron plenamente a lo ordenado judicialmente.
La rama judicial volvió a tomar decisiones que impactan directamente al Gobierno. El Juzgado 54 Administrativo del Circuito de Bogotá impuso una multa de cinco salarios mínimos legales mensuales al presidente Gustavo Francisco Petro Urrego tras determinar que incurrió en desacato a una sentencia de tutela. La decisión fue consignada en una providencia del 27 de febrero de 2026.
El conflicto comenzó cuando el fiscal Mario Andrés Burgos Patiño solicitó la apertura de un incidente de desacato el 5 de septiembre de 2025. Burgos alegaba que el mandatario no había cumplido con una orden de rectificación que protegía sus derechos al buen nombre y la honra. La sentencia que originó todo esto fue emitida el 28 de agosto de 2025 por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca y ratificada un mes después.
Lo que desencadenó el litigio fueron declaraciones del presidente en redes sociales e intervenciones públicas donde vinculó al fiscal con carteles de narcotráfico y lo relacionó con el caso del fiscal paraguayo Marcelo Pecci. En esos pronunciamientos, el mandatario insinuó que Burgos habría eliminado o desaparecido del expediente a Sebastián Marset, señalado como presunto autor intelectual del homicidio de Pecci.
Cuando evaluó si la orden había sido cumplida, el juzgado encontró que las rectificaciones emitidas por el presidente no se ajustaban plenamente a lo ordenado. De hecho, consideró que "desdibujan la orden judicial inicial". El despacho había otorgado una prórroga el 6 de octubre de 2025 para que el mandatario hiciera la corrección, consciente de la complejidad del caso y de los límites establecidos por una sentencia del Consejo de Estado sobre alocuciones presidenciales. Pero concluyó que la orden no fue acatada en su totalidad.
Como sanción, el juzgado impuso la multa de cinco salarios mínimos que deberá ser consignada dentro de tres días en las cuentas correspondientes del Consejo Superior de la Judicatura. La decisión deja claro que esta sanción económica no exime al presidente del deber de seguir cumpliendo el fallo. El despacho negó tanto una solicitud de arresto como la compulsa de copias ante la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes, estimando que la multa era proporcional y suficiente.
El juzgado también descartó remitir el caso para investigar posibles delitos como prevaricato por omisión o fraude a resolución judicial, al no evidenciarse conductas punibles en el trámite. Ahora el expediente será enviado al Tribunal Administrativo de Cundinamarca para surtir el grado de consulta, que es un paso obligatorio en este tipo de actuaciones judiciales.
Fuente original: KienyKe - Portada
