Justicia rechaza intento de silenciar investigación sobre maltrato a adulta mayor en Bogotá

Un juzgado de Bogotá negó una tutela que buscaba frenar una investigación periodística sobre presunto maltrato a una mujer de 91 años. El caso expuso denuncias de agresiones físicas y psicológicas, así como preocupaciones sobre su patrimonio. El fallo reafirma que la prensa tiene derecho a investigar asuntos de interés público sin censura.
La justicia le cerró la puerta a un intento de censura. El Juzgado Veintitrés Civil del Circuito de Bogotá rechazó una tutela que pretendía frenar una investigación periodística del portal El Expediente sobre el caso de una mujer de 91 años. Con esta decisión, el despacho judicial reafirmó que la libertad de prensa no puede ser utilizada como arma para silenciar denuncias sobre vulneración de derechos.
La tutela fue interpuesta por Helena Rodríguez de García y su hija María Teresa García Rodríguez en respuesta a un reportaje publicado el 17 de abril de 2026 titulado "La pesadilla de Doña Helena: El imperio Elena del Mar bajo la sombra del maltrato y la ambición". Según la investigación, el reportaje expuso situaciones graves de maltrato físico y psicológico contra la adulta mayor, junto con preocupaciones sobre su patrimonio. El medio citó reportes de inteligencia que señalaban una "consciencia reducida" en la víctima, lesiones físicas inconsistentes con su rutina diaria, y alertas de especialistas en gerontología sobre un posible "síndrome de indefensión aprendida".
Las accionantes buscaban que el juzgado ordenara rectificar la nota inmediatamente y detuviera cualquier divulgación futura, alegando daño a su honra y buen nombre. Sin embargo, el juez Tirso Peña Hernández fue contundente: la tutela no puede convertirse en una herramienta para evadir la fiscalización ciudadana. El despacho determinó que las demandantes no cumplieron con los requisitos legales al no presentar una solicitud válida y clara de rectificación ante el medio antes de acudir a la acción constitucional.
El juzgado también señaló que los conflictos sobre maltratos y bienes patrimoniales deben resolverse en instancias ordinarias como la Fiscalía y la Comisaría de Familia, no mediante acciones constitucionales diseñadas para censurar información. Con esta decisión, el despacho desvinculó a X Corp, la plataforma donde se compartió el reportaje, al no encontrar responsabilidad en la red social por la supuesta vulneración denunciada.
Para la justicia, este caso refuerza un principio fundamental: la prensa cumple un rol esencial denunciando abusos y protegiendo derechos de personas vulnerables. El fallo será remitido a la Corte Constitucional para su eventual revisión, pero el mensaje está claro: en Colombia, la libertad de investigar y informar sobre asuntos de interés público sigue siendo un derecho que prevalece.
Fuente original: San Andrés Hoy


