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Juez ordena tres días de cárcel a Miguel Polo Polo por no cumplir sentencia sobre falsos positivos

Fuente: El Colombiano - Colombia
Juez ordena tres días de cárcel a Miguel Polo Polo por no cumplir sentencia sobre falsos positivos
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El representante a la Cámara Miguel Polo Polo deberá cumplir arresto domiciliario por tres días tras incumplir una orden de la Corte Constitucional que le exigía ofrecer disculpas públicas genuinas. El juez consideró que sus disculpas fueron incompletas y evasivas, usando expresiones como "si se sintieron aludidas" que trasladaban la responsabilidad a las víctimas. El caso surge de un video grabado en noviembre de 2024 en el que Polo Polo cuestionó cifras de falsos positivos y arrojó a la basura botas simbólicas de una exposición de madres de víctimas de ejecuciones extrajudiciales.

El juez civil 30 del Circuito de Bogotá determinó que el representante a la Cámara Miguel Polo Polo cumplirá tres días de arresto por desobedecer una orden de la Corte Constitucional. La sentencia ordena que el congresista ofrezca disculpas públicas genuinas por sus declaraciones inexactas sobre la exposición "Mujeres con las botas bien puestas", montada por la Asociación de Madres de Familia de Falsos Positivos, conocida como MAFAPO.

Todo comenzó el 6 de noviembre de 2024, cuando Polo Polo grabó un video en el Capitolio. En la grabación, aparece frente a las botas que representan a las víctimas de ejecuciones extrajudiciales en el país. Durante su intervención, cuestionó la veracidad de la cifra de 6.402 personas asesinadas y luego arrojó algunas de las botas a la basura. Este gesto provocó que las madres de las víctimas iniciaran acciones legales contra él.

La Corte Constitucional ya le había ordenado disculparse, pero cuando lo hizo, sus palabras resultaron insuficientes. El juez analizó el texto que Polo Polo presentó y encontró que decía: "les presento disculpas (...) si en mi video se sintieron aludidas. Esa no fue mi intención". Para la justicia, esto es lo que se llama una "disculpa hipotética". El problema está en esa palabra clave: "si". Con ese término, trasladaba la responsabilidad del daño hacia las propias víctimas, en lugar de asumir su culpa de manera directa.

El juez también criticó otras partes del escrito de Polo Polo. Cuando decía "no me consta que las señoras de la MAFAPO recibieran un pago por dichas manifestaciones", usaba lo que los juristas llaman un "lenguaje elusivo". La Corte no le pidió que expresara dudas personales, sino que reconociera sin ambigüedades la inexactitud de lo que había dicho. El magistrado enfatizó que "la Corte no le ordenó manifestar una duda o una falta de constancia probatoria personal, le ordenó reconocer la inexactitud de su dicho".

La sentencia previa de la Corte Constitucional, proferida por la magistrada Diana Fajardo Rivera, fue clara en su mensaje: la libertad de expresión tiene límites, especialmente cuando quienes tienen poder político la utilizan de manera irresponsable. La Sala Novena de Revisión señaló que "el uso irresponsable de la palabra por parte de quienes ejercen poder político puede perpetuar el daño y deslegitimar los procesos de verdad y reparación". El fallo reconoce que las palabras de funcionarios públicos pueden amplificar la estigmatización contra grupos que históricamente han sido vulnerados, como las madres de víctimas de falsos positivos.

Fuente original: El Colombiano - Colombia

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