JEP ratifica sanción contra siete exjefes de las Farc por secuestro y homicidio

La Jurisdicción Especial para la Paz confirmó la sentencia contra siete antiguos líderes de las Farc —entre ellos Rodrigo Londoño— por crímenes de guerra, secuestro y homicidio. Cinco de ellos también fueron hallados responsables de tortura, violencia sexual y desplazamiento forzado. A diferencia de una condena penal tradicional, la sanción consiste en trabajos y actividades restaurativas para reparar el daño a las víctimas, con un cronograma específico por regiones. El tribunal enfatizó que las víctimas tienen derecho a participar activamente en la definición de estas sanciones.
La JEP ratificó la sentencia condenatoria contra siete antiguos miembros de la cúpula de las Farc por responsabilidad en crímenes de guerra. Tras analizar decenas de objeciones presentadas por las víctimas, sus representantes y el Ministerio Público, además de las planteadas por los propios procesados, el tribunal confirmó que Rodrigo Londoño, Jaime Alberto Parra, Milton de Jesús Toncel, Pablo Catatumbo, Pastor Alape, Julián Gallo y Rodrigo Granda deben responder por los delitos de secuestro y homicidio cometidos bajo su mando.
Lo importante aquí es entender qué significa esta sanción. No se trata de una condena penal tradicional que los lleve a la cárcel. La JEP estableció un sistema diferente: los sentenciados, quienes ya reconocieron la verdad de sus actos ante el tribunal, deben cumplir trabajos y actividades de carácter restaurativo. La idea es que reparen directamente el daño causado a las víctimas durante todo el tiempo que dure la sanción. Según el comunicado de la JEP, "el reconocimiento de verdad y responsabilidad por parte de los comparecientes máximos responsables y las sentencias judiciales, se sustentan en el procedimiento dialógico, un mecanismo plural y colectivo de recolección de pruebas y búsqueda de la verdad".
Además de los crímenes de secuestro y homicidio, cinco de los siete condenados fueron declarados responsables por no haber impedido torturas, tratos crueles, ataques contra la dignidad de las personas, violencia sexual y desplazamiento forzado. El tribunal introdujo algunos ajustes importantes a la sentencia original, enfatizando que todas las sanciones deben ser concretas y claramente definidas, sin ambigüedades.
El fallo incluye un cronograma detallado organizado por regiones que especifica exactamente cuáles serán los proyectos y tareas que cada sentenciado debe ejecutar, incluyendo tiempos y horarios de dedicación. Todo está diseñado para que el trabajo restaurativo tenga una conexión directa con los daños causados por los secuestros. Igualmente, el tribunal subrayó que las víctimas tienen derecho a participar activamente en estos procesos, incluyendo la posibilidad de proponer directamente cuáles deben ser las sanciones aplicables a los responsables, un aspecto que quedó formalmente incorporado en la decisión final.
Fuente original: El Colombiano - Colombia
