JEP condena a 8 años a exjefes de las Farc por secuestrar más de 21.000 personas
La Jurisdicción Especial para la Paz confirmó las condenas contra los siete integrantes del último Secretariado de las Farc por una política sistemática de secuestros entre 1982 y 2016. Los excomandantes cumplirán entre 5 y 8 años en penas no privativas de libertad, combinando trabajos de reparación en infraestructura vial, desminado, búsqueda de desaparecidos y memoria histórica en diferentes regiones del país hasta 2034. La sentencia incluye restricciones efectivas de movimiento y supervisión judicial permanente.
Casi diez años después de la firma del Acuerdo de Paz, la Sección de Apelación de la JEP confirmó las condenas contra los siete máximos líderes del Secretariado de las Farc por crímenes de guerra y delitos contra la humanidad. El tribunal estableció que estos excomandantes son responsables de más de 21.000 hechos de secuestro cometidos de manera sistemática entre 1982 y 2016, con el propósito de financiar la guerra, negociar canjes de prisioneros y dominar territorios. Las víctimas enfrentaron condiciones de cautiverio caracterizadas por tortura, violencia sexual y humillación extrema.
La decisión impone castigos diferenciados pero concretos. Rodrigo Londoño (Timochenko), Jaime Alberto Parra (Mauricio Jaramillo o El Médico), Milton de Jesús Toncel (Joaquín Gómez) y Pablo Catatumbo cumplen 8 años de sanciones. Pastor Alape (Félix Antonio Muñoz Lascarro), Julián Gallo (Carlos Antonio Lozada) y Rodrigo Granda (Ricardo Téllez, "Canciller de las Farc") reciben condenas menores. El tribunal revocó los cargos específicos por esclavitud por cuestiones de debido proceso, aunque los hechos se sancionan bajo otras figuras como tratos inhumanos. Cinco de los siete también responden por omisión en violencia sexual, tortura y desplazamiento forzado.
Lo particular de estas condenas es que no se cumplen en cárceles convencionales. Los exjefes deberán dedicarse de manera verificable y efectiva a trabajos de reparación con horarios fijos, lugares de residencia específicos y supervisión permanente de un juez de ejecución de penas. El cronograma inicia el 15 de agosto de 2026 y se extenderá hasta febrero de 2034, repartido en siete regiones del país.
Las actividades de reparación abarcan seis líneas principales: construcción de infraestructura vial en ocho departamentos, preservación del medio ambiente, desminado humanitario en tres territorios, búsqueda de personas desaparecidas, actos de memoria histórica y proyectos de vida económica. El Gobierno Nacional debe financiar estos proyectos y garantizar la seguridad de los comparecientes durante todo el proceso.
Los siete condenados tienen trayectorias prolongadas en la organización. Pablo Catatumbo lleva aproximadamente 43 años desde su militancia inicial alrededor de 1973, mientras que Jaime Alberto Parra suma cerca de 41 años desde 1975. Los demás tienen entre 34 y 38 años de participación activa en la estructura guerrillera.
Esta sentencia cierra el Caso 01 sobre secuestros y representa un hito en la justicia transicional colombiana. A diferencia de condenas más simbólicas, el tribunal respondió a las exigencias de las víctimas estableciendo condiciones concretas de supervisión y reparación efectiva, buscando que las sanciones tengan impacto real en la restitución de derechos.
Fuente original: The Archipielago Press

