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Impuesto climático 2026: qué empresas lo pagarán y por qué podría ser inconstitucional

Fuente: KienyKe - Portada

A partir del 1 de marzo de 2026 entrará en vigor un impuesto temporal sobre el patrimonio de grandes empresas para financiar medidas contra la emergencia climática. Quienes tengan patrimonio superior a aproximadamente 10.474 millones de pesos pagarán una tarifa del 0,5%, mientras que entidades financieras y del sector extractivo pagarán 1,6%. El abogado Mauricio Marín advierte que el tributo podría tener defectos constitucionales y que las empresas probablemente trasladarán la carga a los consumidores.

Un nuevo impuesto llegará a las empresas colombianas en 2026 y ya genera polémica. Se trata de un tributo temporal pensado para financiar acciones contra la emergencia climática que se causará el 1 de marzo y solo aplicará durante este año. Pero su creación acelerada y sus características han generado dudas sobre su constitucionalidad.

Según explica el abogado Mauricio Marín, el impuesto afectará a las sociedades cuyo patrimonio líquido (es decir, sus activos menos sus deudas) supere aproximadamente 10.474 millones de pesos. La tarifa general será del 0,5%, aunque para entidades financieras, aseguradoras, reaseguradoras y empresas del sector extractivo subirá al 1,6%. El pago se hará en dos cuotas durante abril y mayo de 2026.

Lo que más preocupa a los analistas es el impacto que esto tendrá en el bolsillo de la gente común. Marín advierte que "Una empresa que tiene que pagar más impuestos, de una u otra manera traslada esa carga al consumidor". Esto significaría que los colombianos podrían enfrentar aumentos en las primas de seguros, comisiones bancarias, y posiblemente en los precios de productos del sector extractivo. Instituciones educativas de alto nivel como la Universidad Externado tendría que aportar cerca de 23.000 millones de pesos al impuesto, mientras que universidades como Javeriana y Los Andes tendrían que pagar alrededor de 9.000 y 8.100 millones respectivamente.

El abogado también cuestiona que el Gobierno haya creado este tributo con apenas 96 horas de anticipación, dejando a las empresas con una carga administrativa enorme. Tendrán que hacer cortes extraordinarios de estados financieros al 28 de febrero y reorganizar su planeación financiera en poco tiempo. "Si tienes que sacar plata para pagar un impuesto, restringes las posibilidades de crecimiento", señaló Marín.

Hay otro problema más grave: el posible choque con la Constitución. El decreto fue expedido en estado de excepción, por lo que automáticamente pasó a revisión de la Corte Constitucional. Marín identificó tres argumentos que podrían llevarlo a caerse ante los magistrados. Primero, una posible sobrecarga tributaria: la misma ganancia podría ser gravada hasta cuatro veces (impuesto de renta corporativo del 35%, impuesto sobre dividendos, impuesto al patrimonio de la empresa y patrimonio del accionista). Segundo, la diferencia de tarifa entre empresas (1,6% versus 0,5%) podría violar el principio de igualdad ante la ley. Y tercero, hay una exclusión extraña: las personas jurídicas del régimen simple no pagarán el impuesto, lo que genera un trato desigual frente a quienes están en el régimen ordinario.

"El debate no está en si se necesita dinero para atender la emergencia, sino en la manera en que el Gobierno lo recauda", resumió el abogado. Mientras tanto, las empresas ya tienen una tarea clara: revisar sus estados financieros y prepararse para las cuotas de abril y mayo. Aunque la Corte Constitucional podría tumbar el impuesto, Marín reconoce que "en dos meses no vamos a tener sentencia", así que el dinero se recobrará antes de que haya una decisión definitiva.

Fuente original: KienyKe - Portada

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